TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ANTOFAGASTA

MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ SOLANGE DEL CARMEN CASTILLO HERMOSILLA

Rol

Fecha

19 de enero de 2022

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: El mérito de los antecedentes, y, lo expuesto por los intervinientes, se comparte los argumentos vertidos por el tribunal a quo, para decretar en el caso de marras, la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la acusada, teniendo básicamente en consideración su conducta procesal pretérita, puesto que estando en conocimiento en forma personal de la nueva fecha de realización de juicio oral, éste no se pudo verificar por su incomparecencia, y tampoco consta que se hubiera presentado ante otro tribunal como adujo, de consiguiente, que se haya contactado con su defensa tampoco asegura su comparecencia, perfilándose la cautelar en comento como la única medida efectiva para tal efecto. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada con fecha diez de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la acusada SOLANGE DEL CARMEN CASTILLO HERMOSILLA. Cúmplase, regístrese y comuníquese. Rol 50-2022(Penal)

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada con fecha diez de enero del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la acusada SOLANGE DEL CARMEN CASTILLO HERMOSILLA. Cúmplase, regístrese y comuníquese. Rol 50-2022(Penal)

Texto Completo (Preview)

//pms ACTA DE AUDIENCIA Antofagasta, a diecinueve de enero de dos mil veintidós ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por la Ministra Titular Jasna Pavlich Núñez, la Ministra Suplente Ingrid Castillo Fuenzalida y el Abogado Integrante Marcelo Díaz Sanhueza, se llevó a efecto la audiencia para conocer del recurso de apelación deducido por la abogada defensora penal pública pe

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