ALVARADO/AFP MODELO S.A.
Rol
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Carmen Paz Alvarado Meléndez, abogada, deduciendo acción de protección constitucional en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., por el hecho que estima ilegal y arbitrario consistente en no haber efectuado el pago del retiro del diez por ciento de sus fondos provisionales, dentro del plazo establecido en la ley, vulnerando con ello su derecho de propiedad. Explica que el día 30 de julio de 2020 y en conformidad con lo prescrito en la Ley N° 21.248, realizó a través de la plataforma digital implementada por la AFP la solicitud de retiro del monto correspondiente al 10% de su ahorro previsional, recibiendo el día 6 de agosto de ese año, un correo electrónico de la recurrida, donde le informaban que la solicitud había sido aceptada, y que el monto aprobado correspondía a $3.632.201, el que se pagaría en dos cuotas y que el primer pago se haría a más tardar el día 13 de agosto de 2020. Refiere que solicitó que los recursos fueran depositados en su cuenta corriente del Banco Chile, pero que hasta la fecha de presentación de esta acción constitucional no ha recibido el depósito por parte de la AFP, sin perjuicio de que la suma en cuestión si fue descontada de su cuenta previsional el día 7 de agosto de 2020, sin que la AFP le haya entregado respuesta alguna respecto del destino de los fondos, debiendo por lo demás sufrir una merma en relación con los intereses que podrían generar la referida suma de dinero. Reclama que la Ley N° 21.248, que efectuó una modificación a la carta fundamental, y dispuso, a raíz de la emergencia sanitaria producida por el Covid-19, que los afiliados del sistema previsional de AFP podrían retirar, de forma voluntaria y por única vez, el diez por ciento de sus fondos previsionales acumulados en su cuenta de capitalización individual, estableciéndose como máximo del retiro 150 UF y como monto mínimo 35 UF, debiendo las compañías efectuar el pago en un máximo de dos
Fallo
por tanto de manera ilegal y arbitraria a los plazos establecidos en la ley, afectándose con ello su derecho de propiedad resguardado por el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República, al privarla de una suma de dinero que forma parte de su patrimonio, desconociendo el actual destino de dicha suma de dinero. Solicita sea acogida la presente acción de protección constitucional, ordenando a la recurrida por ello: 1. Que de manera inmediata proceda a dar cumplimiento a la Ley N°21.248, efectuando el depósito respectivo de sus ahorros previsionales. 2. Que concurra a pagar las costas del juicio, solicitando por ello su expresa condena en ellas. Segundo: Que evacuó informe doña Jéssica Salas Troncoso, en representación de AFP Modelo S.A., solicitando el rechazo de la presente acción constitucional en todas sus partes, explicando que efectivamente doña Carmen Paz Alvarado Meléndez efectuó su solicitud de retiro del diez por ciento de sus fondos previsionales, y que con fecha 6 de agosto de 2020, su representada confirmó su solicitud mediante correo electrónico, señalándole que su pago había sido aprobado por un monto total de $3.632.201, y que sería transferido en dos pagos: el primero a más tardar el 13 de agosto y el segundo tendría como fecha máxima el 24 de septiembre, todo de 2020, sumas que la recurrente sostiene no han sido todavía depositadas en su cuenta corriente, calificando la situación como un actuar ilegal y arbitrario de su representada. Sostie
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 16, 17 y 18: a todo, téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Carmen Paz Alvarado Meléndez, abogada, deduciendo acción de protección constitucional en contra de la Administradora de Fondos de Pensiones Modelo S.A., por el hecho que estima ilegal y arbitrario con
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