SIN INFORMACION

AMPARADO: ARTURO FERNANDO GONZALEZ AVENDAÑO/RECURRIDO: GENDARMERIA DE CHILE.

Rol

Fecha

19 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece la abogada Cecilia Paz Orlandini Retamal, en representación del condenado ARTURO FERNANDO GONZÁLEZ AVENDAÑO, actualmente cumpliendo condena en el C.D.P. Concepción, y deduce recurso de amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE. Refiere que, con fecha 27 de julio de 2021, se dictó sentencia definitiva en los autos causa RIT 8199- 2019 del Juzgado de Garantía de Concepción y, en lo pertinente, condenó al recurrente a una pena de 51 días de prisión en su grado máximo, al pago de un tercio de UTM, la que se le dio por cumplida, y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena por su responsabilidad en el delito de receptación, hecho ocurrido el 27 de junio de 2019. Además, no concurriendo los requisitos previstos en la ley 18.216, debió entrar a cumplir la pena efectiva privativa de libertad, para lo cual le sirvió de abono el tiempo que estuvo privado de libertad. Posteriormente, con fecha 12 de agosto de 2021, se le abonó 21 días al cumplimiento de su condena, por lo que le quedarían sólo 30 días de cumplimiento total de la condena de la sentencia antes anotada. Señala que, no obstante estar a 9 de enero de 2022, el condenado sigue en prisión, sin derecho a postular a la salida dominical, toda vez que el Consejo Técnico en Acta Nº57, de 29 de diciembre de 2021, señala se potenciara (sic) la red de apoyo familiar existente del condenado, en circunstancias que su red de apoyo la constituye su primo Patricio Antonio Osses González, domiciliado en Concepción y quien siempre está pendiente del amparado, teniendo contacto permanente con él y dispuesto a ayudarlo en cualquier circunstancia. Además, el penado cumplió el tiempo mínimo de condena el 25 de agosto de 2021, por lo que se solicita que dispongan las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Estima que Gendarmería debe tener la cuenta exacta de la condena de un interno en el C.D.P. , y cuando él lo

Fundamentos

fundamentos del Acta 57 del Consejo Técnico de 29 de diciembre de 2021, indica que se requiere mayor intervención, además de potenciar y enfocarse más en la red de apoyo familiar existente, y que el amparado será reevaluado en el mes de marzo de 2022. Aunado a lo anterior, y conforme lo establecido en el artículo 97, el informe psicológico es negativo para la obtención del beneficio, por lo que no se dan los presupuestos para su otorgamiento.

Fallo

Por lo expuesto, Gendarmería ha actuado conforme todas las disposiciones legales respectivas, y posee un criterio uniformado, esto es, no poseer un avance significativo en su proceso de reinserción social, tal y como lo establece el artículo 97 del Reglamento. Expone que igualmente se ha cumplido con lo prevenido en el artículo 25 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, D.S N°518, toda vez que desde que el interno ingresó a la Administración Penitenciaria ha sido asignado a las dependencias que por normas de segmentación y clasificación le han correspondido, procurando siempre salvaguardar su integridad física, evitar el contacto criminógeno y segregarlo de acuerdo a sus características personales. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que la acción constitucional de amparo interpuesta procede, conforme lo señala el artículo 21 de la Constitución Política de la República, a favor de quien se encuentra arrestado, detenido o preso, o que sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual, con infracción de la normas constitucionales o de las leyes, a fin de que la magistratura ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufr

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, diecinueve de enero de dos mil veintidós. VISTO: Comparece la abogada Cecilia Paz Orlandini Retamal, en representación del condenado ARTURO FERNANDO GONZÁLEZ AVENDAÑO, actualmente cumpliendo condena en el C.D.P. Concepción, y deduce recurso de amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE. Refiere que, con fecha 27 de julio de 2021, se dictó sentencia definitiva en los

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