M.P C/ DANIEL ESTEBAN MOLINA RAYO
Rol
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que en el actual estadio procesal se observan antecedentes suficientes que permiten sostener la existencia de los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en relación a los delitos por los cuales se ha formalizado investigación y la eventual participación del imputado en los mismos, esta Corte estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en atención a la gravedad de la pena asignada a los ilícitos materia de la formalización, bienes jurídicos protegidos y naturaleza, circunstancias de su comisión, y forma de ejecución de la eventual pena a imponer de conformidad a lo dispuesto en la letra c) del artículo 140 ya mencionado. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de enero del año en curso, por Juzgado de Garantía de Melipilla, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de Daniel Esteban Molina Rayo. Devuélvase. N° 141-2022 Penal
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a diecinueve de enero de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Sala Rol: 141-2022 Penal Ruc: 2200027644-1 RIT: 38-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla Integrantes: Ministra señora Carmen Gloria Escanilla Pérez, Fiscal Judicial señor Jaime Salas Astráin y Abogado Integrante señor Rodrigo Morales Flores Relator: Natalia Álvarez Villarroel Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fis
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