SIN INFORMACION

MUNIZAGA/SCOTIABANK CHILE S. A.

Rol

Fecha

18 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Martina Infante Larrondo, abogada, en favor de Camila Munizaga Ahumada, ambos con domicilio en Baquedano N°239, oficina 420, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra del Banco Santander- Chile, sociedad anónima bancaria, Rut 97.036.000-k, representada legalmente por Claudio Melandri Hinojosa, con domicilio en bandera N°140, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana y en contra del Banco Scotiabank, sociedad anónima bancaria, Rut 97.018.000-1, representada legalmente por Francisco Sardón Hinojosa, con domicilio en Morandé N°226, comuna de Santiago, Región Metropolitana, solicitando que se le ordene a dichas instituciones bancarias la contratación y otorgamiento de los productos solicitados en términos habituales para cualquier persona, con expresa condena en costas. Informaron los recurridos, solicitando el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se funda en el actuar ilegal y arbitrario del recurrido, consistente en negar la apertura de una cuenta corriente, basándose en datos financieros caducos, vulnerando las garantías contenidas en el artículo 19 N° 2 y 4 de la Constitución Política de la República. Refiere que en junio del año 2021, solicitó la apertura de una cuenta corriente en el banco recurrido, lo que fue rechazado verbalmente a través de una llamada telefónica, en el mes de septiembre del mismo año. Luego, en el mismo mes de Julio, solicita a su actual banco la recurrida Banco Scotiabank, con el cual solo mantiene una cuenta vista, la apertura de una cuenta corriente. A su requerimiento, se le envía respuesta el 16 de agosto del 2021, indicando el rechazo, atendido que no tendría forma de acreditar su antigüedad laboral de mínimo 6 meses, sumado a una continuidad de emisión de boletas de honorarios por el mismo periodo, por lo tanto, al haber emitido una cierta cantidad de boletas de honorarios en una sola fecha, no lograba acreditar ingresos constantes y sostenidos en el tiempo. Hizo presente que actualmente la recurrente se encuentra haciendo uso de su licencia médica de postnatal, y que producto de una demora en su trabajo en el pago de las boletas, en donde lleva, ya 9 años ejerciendo labores, tuvo que emitir estas boletas de los meses de enero a junio inclusive, en un solo momento, situación que no implica que sus labores profesionales se vieran terminadas, de hecho, el haber emitido boletas por un mismo empleador, da cuenta precisamente de su continuidad laboral. Refiere que la negativa del Banco Scotiabank, responde a la revisión realizada del comportamiento financiero de la recurrente, y a su inclusión en un registro donde figuraban las morosidades históricas. Asientos que no cumplirían con la normativa vigente y en consecuencia no podría servir de base para negar los productos bancarios requeridos por la recurrente. Lo anterior configura vulneración a las garantías contenidas en el artículo 19 N°2, 4 y 21 de la Carta fundamental. Concluyó solicitando que se ordene la contratación y otorgamiento de los productos solicitados en los términos habituales para cualquier persona, emitiendo nueva decisión, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que informó el abogado Emilio González Corante en representación del Banco Santander-Chile, solicitando el rechazo con costas del recurso, ya que no existe acto ilegal o arbitrario ni vulneración a garantías constitucionales por parte del banco. En primer término alega la extemporaneidad del recurso, atendido que los hechos denunciados datan del 15 de septiembre del 2021, siendo ingresado el recurso el día 04 de noviembre del año recién pasado, por lo cual, la interposición sería extemporánea al haberse realizado al día 50 de haber recibido la negativa del banco. En segundo término, solicita el rechazo del recurso atendido que no existiría un registro de evaluación ingresado por la recurre

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA sin costas, el recurso deducido por Martina Infante Larrondo, en favor de Camila Munizaga Ahumada en contra del Banco Santander-chile y el Banco Scotiabank. Regístrese y comuníquese. Rol 10846- 2021 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a dieciocho de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Martina Infante Larrondo, abogada, en favor de Camila Munizaga Ahumada, ambos con domicilio en Baquedano N°239, oficina 420, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra del Banco Santander- Chile, sociedad anónima bancaria, Rut 97.036.000-k, representada legalmente por Claudio Melandri Hinojosa, con domicil

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