FIRST AVAL S.A.G.R./NOVENO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol
Fecha
18 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1º. Que con fecha 22 de octubre de 2021, comparece el abogado don Juan Ignacio León Lira, por la parte demandada en juicio ejecutivo Rol N°2492-2020, del Noveno Juzgado Civil de Santiago, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 19 de octubre de 2021, mediante la cual no se concedió la apelación deducida por su parte respecto de la resolución que rechazó el incidente de abandono del procedimiento. Indica que si se considera que dicha resolución tiene la naturaleza jurídica de un auto, ha alterado la substanciación regular del juicio al rechazar el abandono del procedimiento en circunstancias que se cumplían todos y cada uno de los presupuestos de procedencia, por lo que la apelación es procedente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Si se considera que es una sentencia interlocutoria, también resulta apelable al tenor de lo dispuesto en el artículo 187 del mismo cuerpo legal, ya que la ley no lo ha denegado expresamente en este caso. Por dichos
Fundamentos
motivos y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, solicita se acoja su recurso, concediendo la apelación de deducida por su parte. 2º. Que, informando el Tribunal, señala que la resolución apelada tiene la naturaleza jurídica de un auto ya que al rechazar el incidente de abandono del procedimiento, no estableció derechos permanentes a favor de las partes ni alteró la substanciación regular del juicio, por lo que de conformidad al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil es inapelable. 3°. Que tal como lo indicó la jueza recurrida, la resolución que deniega el abandono del procedimiento posee la naturaleza jurídica de un auto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 inciso 4° del Código de Procedimiento Civil, puesto que falla un incidente del juicio, sin establecer derechos permanentes en favor de las partes, ni resolver un trámite que deba servir de base en el pronunciamiento de una sentencia definitiva e interlocutoria. Tampoco se trata la aludida resolución judicial de una que altere la substanciación regular del juicio, ni recae sobre un trámite no expresamente ordenado por la ley. 4°- Que, así las cosas, lo cierto es que conforme estatuyen los artículos 187 y 188 del aludido estatuto legal, la resolución dictada con fecha 27 de septiembre de 2021, que rechazó el incidente de abandono del procedimiento, no es apelable.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan Ignacio León Lira, por la parte demandada en juicio ejecutivo, Rol N°2492-2020, del Noveno Juzgado Civil de Santiago, en contra de la resolución dictada el diecinueve de octubre de dos mil veintiuno. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante Eduardo Jequier Lehuedé, quien estuvo por acoger el recurso de hecho por considerar que la resolución apelada tiene la naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria de primer grado, al fallar un incidente estableciendo derechos permanentes para las partes y concretamente para la demandante, toda vez que dicha resolución es la que declara y reafirma la pervivencia del proceso permitiendo, precisamente, que este pueda proseguir hacia su terminación natural u ordinaria mediante la dictación de una sentencia definitiva firme que resuelva sobre el fondo de la controversia planteada. Regístrese y devuélvase la competencia. Rol Corte 9477-2021 Hecho Civil. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señora Maria Paula Merino Verdugo y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintidós. Proveyendo al folio 8; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1º. Que con fecha 22 de octubre de 2021, comparece el abogado don Juan Ignacio León Lira, por la parte demandada en juicio ejecutivo Rol N°2492-2020, del Noveno Juzgado Civil de Santiago, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 1
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