PINZON ZAPATA ALONSO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA - POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
18 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 2 de enero del año en curso, se dedujo acción de amparo en favor de Alonso Pinzón Zapata, ciudadano colombiano, en contra del Departamento de Extranjería y Migración y de la Policía de Investigaciones, por el acto arbitrario e ilegal consistente en impedir su ingreso al territorio nacional, lo que estima vulnera las garantías contenidas en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política. Solicita en definitiva se acoja el presente recurso, y se ordene dejar sin efecto orden de abandono del país. Expone que llegó a nuestro país luego de un viaje familiar a Colombia, el día 10 de enero, impidiéndole los funcionarios de la Policía de Investigaciones su ingreso, e informándole que sería expulsado, sin indicarle las razones de aquello. En cuanto a su situación migratoria, manifestó que llegó a nuestro país en 2010, habiendo solicitado en su oportunidad visa de trabajo, sin embargo su solicitud de permanencia definitiva fue rechazada, encontrándose a la fecha, según indica, aun en trámite una solicitud de reconsideración. Expone que en octubre de 2021 se sometió al proceso de regularización migratoria contemplado en la nueva ley de migración, recibiendo un correo donde se le informaba que se le había otorgado una visación de residencia temporaria, para lo cual debía pagar los derechos de dicha visa, los que sin embargo, no pudo solucionar, por encontrarse caducado el documento, según información que le habrían entregado en Tesorería. Sin embargo, como se adelantó, luego de haber realizado un viaje al extranjero, se le impide ingresar a nuestro país, habiéndole preguntado los funcionarios policiales si tenía antecedentes en el extranjero, manifestándole a los funcionarios que efectivamente fue sometido a un proceso penal cuando era menor de edad, pero que en dicha causa se decretó la prescripción de la pena en su oportunidad, no habiendo estado en la cárcel por dicha investigación en su contra. Segundo: Que sin perjuici
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto por el artículo 19 N°7 y artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se acoge el recurso de amparo deducido a favor de don Alonso Pinzón Zapata, solo en cuanto se permite el ingreso del amparado al territorio nacional, a fin de que continúe el procedimiento a la espera de la resolución de su recurso de reconsideración. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-113-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintidós. A los escritos folios; 15, 16, 17, 18 y 19; a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 2 de enero del año en curso, se dedujo acción de amparo en favor de Alonso Pinzón Zapata, ciudadano colombiano, en contra del Departamento de Extranjería y Migración y de la Policía de Investigaciones, por el ac
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica