SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAK

Rol

Fecha

18 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Oscar Del Carmen González Valenzuela, cédula nacional de identidad N°13.913.472-9, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por acto ilegal, ejecutado mediante resolución de fecha 12 de octubre del año 2021 que rechazó, conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere como antecedentes del amparado, que se encuentra cumpliendo condena de 5 años, 6 meses y 541 días, por los delitos de abigeato y posesión, tenencia o porte de municiones y sustancias químicas, sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Linares. Añade que el inicio de su condena es el día 24 de junio de 2018 y su fecha de término corresponde al día 8 de julio de 2024, y tiempo mínimo de postulación 10 de enero de 2021, siendo su conducta catalogada como muy buena en los últimos 7 bimestres. Indica que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la petición de Libertad Condicional para su representado, argumentando que “…no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del citado cuerpo legal, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, se desprende que el recluso cuenta con antecedentes penales pretéritos, presenta un alto compromiso delictual y alto riesgo de reincidencia, carece de habitualidad laboral, no existe interés real por generar cambios en su conducta delictual y mantiene necesidades de intervención en las áreas de educación, asociación a pares, uso del tiempo libre, familia/pareja y deficiente capacidad de resolución de conflictos/habilidades de autocontrol, finalmente referente a la actitud y orientación procriminal, presenta una tendencia a favor del delito, reflejado en la minimización y justificación de éste, aspectos que deben ser trabajados intramuros y que aunados a la ausencia de beneficios intrapenitenciarios, entendidos como privilegios connaturales para la reinserción social progresiva del interno producto de su participación en actividades que le son inherentes, dándole mayores espacios de libertad, constituyen circunstancias que no son posibles de soslayar al momento de apreciar lo concerniente a los factores criminógenos que pudieren afectarle, por lo que en concepto de esta comisión, el peticionario no cumple con los presupuestos fácticos esenciales para reinsertarse adecuadamente en la sociedad y hacerlo acreedor del otorgamiento del beneficio de libertad condicional…” Afirma que la resolución mediante la cual rechaza la concesión de Libertad Condicional a mi representado, atendiendo a que, no cumpliría con los requisitos necesarios para concederle la Libertad Condicional, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal que afecta la libertad personal del amparado, en contravención a lo dispues

Fallo

Por lo expuesto, no existe una afectación indebida al derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por el abogado Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de OSCAR DEL CARMEN GONZÁLEZ VALENZUELA y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Iltma. Corte de Apelaciones de Talca. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 22-2022/Amparo

Texto Completo (Preview)

Talca, dieciocho de enero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, en favor de Oscar Del Carmen González Valenzuela, cédula nacional de identidad N°13.913.472-9, privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Linares, quien deduce recurso de amparo en contra de la Comisión de Libertad C

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