SIN INFORMACION

QUINTEROS ESPINOZA CRISTIAN ANDRES/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

18 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Karin Godoy Adasme, abogada, en favor de Cristian Andres Quinteros Espinoza, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en octubre de dos mil veintiuno, correspondiente a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, al objeto de que se incorpore al amparado en el proceso de postulación del segundo semestre de 2021. Expone que el amparado cumple con los requisitos de tiempo mínimo y conducta, sin embargo la recurrida ha rechazado el beneficio por estimar que el informe psicosocial es desfavorable para el interno, requisito no contemplado en la normativa vigente, y sin considerar los avances que ha tenido durante el cumplimiento de su condena, por lo que la decisión impugnada es arbitraria, debiendo ser dejada sin efecto. SEGUNDO: Que, informa doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Ministra, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, quien señala que por unanimidad se rechazó la concesión del beneficio al amparado, pues, si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley N° 321, sin embargo, los antecedentes dan cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Profundiza que el postulante es un interno que presenta un mediano nivel de reincidencia y una tendencia a favor del delito y actitud desfavorable a las convenciones sociales. Postula con una insuficiente conciencia del delito y no percibe el sentido de transgresión. El daño a la víctima no es procesado cognitivamente desde la empatía. Finalmente expone que se concluyó el rechazo de la concesión del beneficio de libertad condicional para el amparado, teniendo presente que el análisi

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que, si bien éste cumple con los requisitos de tiempo mínimo y muy buena conducta, presenta factores de riesgo que implican posibilidades de reincidencia. Así, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124, denegó la concesión de la libertad condicional, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzo; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Cristian Andres Quinteros Espinoza. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-5376-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintidós. Al folio 6: A sus antecedentes Al folio 7: A todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Karin Godoy Adasme, abogada, en favor de Cristian Andres Quinteros Espinoza, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional que sesionó en octubre de dos mil veintiu

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