SIN INFORMACION

FAÚNDEZ/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.

Rol

Fecha

17 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Mónica Faúndez Retamal, educadora de párvulos, quien recurre de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido en el acto arbitrario e ilegal de poner término unilateral al contrato de salud, afectando las garantías constitucionales contempladas en los numerales 2º y 24º del artículo 19 de la Carta Fundamental, solicitando se acoja el presente recurso, decretando las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho. Señala que el 29 de octubre de 2021 recibió en su domicilio una carta que informaba el término unilateral de su contrato de salud, por haber incumplido el pago de este los últimos tres meses, a contra del último día hábil del mes de octubre de 2021, lo cual le produce un enorme agravio, al privarla de todos los derechos que emanan del referido contrato, sin que la recurrida haya dado estricto cumplimiento a los requisitos de procedencia y con la debía razonabilidad, puesto que si bien incurrió en un atraso se encuentra llana a pagar, por lo que de haberse comunicado el incumplimiento, podría haberse solucionado la mora, al tratarse de un olvido involuntario, productos de sucesos que han afectado su vida los últimos meses derivados del duelo por la pérdida de su padre. Denuncia que la recurrida no ha dado cumplimiento al DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud, en particular al artículo 197 en relación con el artículo 201, por lo que, siendo la actora cotizante voluntaria, se encuentra en los supuestos de hechos e las nomas que cita, siendo procedente para poner término unilateral al contrato la comunicación del incumplimiento, lo que en la especie no ocurrió, al no llegarle jamás notificación alguna. Indica que, la recurrida ha incurrido en un actuar ilegal al poner término unilateral al contrato de salud que me vincula con ella, sin haber dado estricto cumplimiento a su deber de informar previamente de la morosidad que invoca como fundamento, dejándola despr

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza por pérdida de oportunidad, sin costas, la acción deducida por doña Mónica Faúndez Retamal, en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. N°Protección-40437-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintidós. Al folio N° 12: a lo principal y primer otrosí, téngase presente; al segundo otrosí, a sus antecedentes. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Mónica Faúndez Retamal, educadora de párvulos, quien recurre de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross S.A., por haber incurrido en el acto arbitrario e ilega

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