SIN INFORMACION

EDRAS ELIAS MANSILLA CASTILLO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

17 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que la defensora penal pública penitenciaria, Claudia Invernizzi Alvarado, recurre de amparo en favor del condenado Edras Elias Mansilla Castillo en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional que rechazó el beneficio de libertad condicional, para que, como medida para restablecer el imperio del derecho, se deje sin efecto dicha resolución y se decrete que se le concede el beneficio solicitado. Sostiene Mansilla Castillo actualmente cumple la condena impuesta mediante sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto consistente en la pena de 3 años y 1 día por el delito de desacato, cinco penas de 61 días por los delitos de amenazas, 3 penas de 61 días por los delitos de lesiones menos graves y una pena de 61 días por el delito de daños. Añade que comenzó el cumplimiento de la condena 22 de febrero del año 2019 y que registra el 25 de agosto de 2023 como fecha de término. Indica que, a raíz de sus calificaciones de conducta "muy buena" fue incorporado en el proceso de libertad condicional a pesar de lo cual la Comisión de Libertad Condicional rechazó la concesión de dicho beneficio por estimar que no cumplía con los requisitos legales para su otorgamiento, decisión que califica de arbitraria e ilegal. Agrega que en el artículo 2 del Decreto Ley 321 para la concesión de la libertad condicional se exige el cumplimiento del tiempo mínimo, que en el caso de su representado se cumplió el pasado 29 de mayo; contar con una conducta intachable, requisito que también satisface ya que registra calificación de "muy buena" conducta en los últimos cuatro bimestres y, por último, se le exige contar con un informe de postulación psicosocial que permita orientar sobre los factores de riesgo y reincidencia con el fin de conocer sus posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad. Respecto a este último requisito considera que la recurrida realiza una interpretación errónea al concluir que no lo cumple, p

Fallo

En mérito de lo expuesto, concluye que la resolución recurrida es ilegal porque carece de la fundamentación requerida de conformidad al artículo 41 de la ley 19.880 y porque, en la práctica, se exigen requisitos que no se encuentran consagrados en la ley ni el reglamento aplicable. Pide, que se acoja el recurso en todas sus partes y se deje sin efecto la resolución recurrida decretando que se concede la libertad condicional a Edras Elías Mansilla Castillo. Segundo: Que Gendarmería de Chile remitió copias del formulario consolidado de postulación al proceso de libertad condicional del condenado y de su informe de postulación psicosocial de libertad condicional donde se aprecia que actualmente se encuentra cumpliendo una condena impuesta mediante sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto consistente en la pena de 3 años y 1 día por el delito de desacato, cinco penas de 61 días por los delitos de amenazas, 3 penas de 61 días por los delitos de lesiones menos graves y una pena de 61 días por el delito de daños. Añade que comenzó el cumplimiento de la condena 22 de febrero del año 2019 y que registra el 25 de agosto de 2023 como fecha de término. Asimismo, se informa que su conducta fue evaluada como “muy buena” en los bimestres enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio y julio-agosto del presente año y que no registra beneficios intrapenitenciarios, faltas ni sanciones. En cuanto a sus antecedentes sociales, se comunica que el interno arrojó un nivel general de

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunció, escuchó relación y alegó, por el recurso, la abogada Georgina Lucero de la Fuente. San Miguel, a 17 de enero de 2022. Nicole Kemp Gomila, Relatora. San Miguel, a diecisiete de enero de dos mil veintidós. A folio 3014: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que la defensora penal pública penitenciaria, Claudia Invernizzi Alvarado, recurre de ampa

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