MIGUEL ENRIQUE CERDA RIVERA CON SCP SOTRASER S.A. Y OTRA
Rol
Fecha
17 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA SIN COSTAS
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT O-39-2021, RUC 21-4-0310868-7, se ha dictado por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, don Claudio Álvarez Ramírez, la sentencia de veinticuatro de septiembre pasado, que, en lo que interesa: I.- Acoge la demanda deducida por Miguel Enrique Cerda Rivera, en contra de SCP Sotraser S.A., representada legalmente por don Roberto Fernán Urenda Gómez, declarando que el despido del actor fue injustificado, y condenando a ésta última, al pago de las siguientes prestaciones: indemnización sustitutiva de aviso previo, indemnización por años de servicio, recargo legal y feriado proporcional, rechazándose en lo demás; con los intereses y reajustes que se indican; II.- Que, se declara que el demandante se desempeñó en régimen de subcontratación para la Compañía de Petróleos de Chile S.A. también denominada Copec S.A., debiendo responder de las prestaciones a que fue condenada la demandada principal, siendo su responsabilidad subsidiaria; y III.- Que se condena en costas a la demandada principal Sotraser, fijándose las personales en la suma de $400.000, eximiéndose de las mismas a la demandada subsidiaria. En contra de dicha sentencia, el apoderado de la demandada principal, interpuso recurso de nulidad, impetrando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se fijó para su vista, la audiencia del día once de enero último, a la cual concurrieron y alegaron los abogados de ambas partes, exponiendo lo conveniente a sus derechos. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que antes de entrar al estudio del recurso interpuesto, debe tenerse presente que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de derecho estricto, que la ley ha rodeado de exigencias que deben ser cumplidas por quien recurre, sin dejar de considerarse, que se está atacando la validez de un
Fallo
se declara que el demandante se desempeñó en régimen de subcontratación para la Compañía de Petróleos de Chile S.A. también denominada Copec S.A., debiendo responder de las prestaciones a que fue condenada la demandada principal, siendo su responsabilidad subsidiaria; y III.- Que se condena en costas a la demandada principal Sotraser, fijándose las personales en la suma de $400.000, eximiéndose de las mismas a la demandada subsidiaria. En contra de dicha sentencia, el apoderado de la demandada principal, interpuso recurso de nulidad, impetrando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Declarado admisible el recurso, se fijó para su vista, la audiencia del día once de enero último, a la cual concurrieron y alegaron los abogados de ambas partes, exponiendo lo conveniente a sus derechos. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1.- Que antes de entrar al estudio del recurso interpuesto, debe tenerse presente que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de derecho estricto, que la ley ha rodeado de exigencias que deben ser cumplidas por quien recurre, sin dejar de considerarse, que se está atacando la validez de un fallo y no lo que el recurrente pueda estimar como su justicia; es decir, no se trata solamente de que la resolución a que ha llegado el a quo no sea del agrado de quien recurre, sino que en su pronunciamiento se hayan obviado los requisitos que la ley impone. 2.- Que, por otra parte, el recurso de nulidad contemplado en el proceso laboral, se
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, diecisiete de enero de dos mil veintidós. VISTOS: En estos autos RIT O-39-2021, RUC 21-4-0310868-7, se ha dictado por el Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, don Claudio Álvarez Ramírez, la sentencia de veinticuatro de septiembre pasado, que, en lo que interesa: I.- Acoge la demanda deducida por Miguel Enrique Cerda Rivera, en contra de SCP
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica