FAJARDO MUÑOZ THOMAS / ADMINISTRACION EDIFICIO VISTA GAMERO
Rol
Fecha
17 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Comparece don Thomás Fajardo Muñoz, cedula de identidad n°17.308.454-4, domiciliado en Gamero número 1541 departamento 903, comuna de Independencia, Región Metropolitana, quien interpone recurso de protección en contra de la administración del Edificio Vista Gamero, es decir, la empresa de corretaje Teadministra SpA, por el acto que considera ilegal y arbitrario de fecha 25 de mayo de 2020, consistente en el corte del suministro eléctrico de la unidad que habita basado en el supuesto no pago de gastos comunes de los meses de enero a marzo de aquel año, resultando en una vulneración de la garantía que la Constitución Política de la República le asegura en el numeral 1 de su artículo 19. Funda el recurso señalando que los pagos de los referidos gastos comunes fueron realizados de la forma que corresponde. Agrega que el acto señalado atenta contra su calidad de vida, entendiendo que el suministro del que fue privado corresponde a un servicio básico. Como petición concreta, solicita ordenar a la administración del Edificio recurrida que restablezca el servicio básico suspendido y adjunta documentos que acreditan el pago de gastos comunes. Segundo: Que revisado el sistema informático, con fecha 21 de diciembre de 2021, se constata que la recurrida no evacuó el informe ordenado, motivo por el cual se prescindirá del mismo para resolver el asunto plateado. Tercero: Que, ahora bien, en lo que atañe al quid del asunto que es materia de este arbitrio aparece pertinente recordar que el recurso de protección de garantías constitucionales establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes, que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o moleste ese ejercicio; Cuarto: Q
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Thomás Fajardo Muñoz en contra de corretaje Teadministra SpA. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Protección 47073-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Comparece don Thomás Fajardo Muñoz, cedula de identidad n°17.308.454-4, domiciliado en Gamero número 1541 departamento 903, comuna de Independencia, Región Metropolitana, quien interpone recurso de protección en contra de la administración del Edificio Vista Gamero, es decir, la empresa de corr
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