FISCO DE CHILE/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA INFERIOR ART. 749 C.P.C.
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Que en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio. El apelante deberá reproducirlo dentro de los cinco días subsiguientes al de la notificación de la sentencia y en virtud de esta reiteración, lo concederá el tribunal. En mérito de lo anteriormente expuesto y lo dispuesto en el artículo 698 N° 7 del Código de Procedimiento Civil y no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto el demandado, con fecha treinta de diciembre de dos mil veintiuno, en contra de la resolución de veintinueve de diciembre del mismo año. Regístrese y comuníquese. N°Civil-349-2022.vot
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de enero de dos mil veintidós. Al folio N°3: Estese a lo que se resolverá. Vistos: Que en lo que respecta a los juicios de menor cuantía, el recurso de apelación deducido contra resoluciones que no se refieran a la competencia o a la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el Juez tendrá por interpuesto el
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