SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE EDUARDO GONZALO FLORES ZAMBRA EN CONTRA DE SR.JUEZ DEL JUZGADO DE GARANTÍA DE OVALLE

Rol

Fecha

15 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece MARÍA FRANCISCA GONZÁLEZ ORTEGA, Abogada, Defensora Penal Pública Licitada, por el imputado adolescente EDUARDO GONZALO FLORES ZAMBRA, deduciendo acción de amparo en contra del Sr. Juez de Garantía de Ovalle, don Darío Arturo Díaz Peña y Lillo, quien en causa RIT 2928-2021, con fecha 11 de enero de 2022, dispuso la medida cautelar de internación provisoria de su defendido. Expone que con fecha 06 de enero del año en curso se desarrolla audiencia de juicio simplificado efectivo respecto de su defendido en causa RIT 2928-2021 del Juzgado de Garantía de Ovalle, a la cual, su representado no comparece sin justificar su inasistencia. El Ministerio público solicitó se decretara la internación provisoria del imputado adolescente para asegurar la comparecencia a la próxima audiencia. Añade que la defensa se opuso por cuanto se trata de un imputado adolescente y no procede decretar medidas cautelares en ausencia del imputado, ya que, la presencia del imputado adolescente en la audiencia donde se debaten medidas cautelares es de carácter esencial. Destaca que el tribunal no dio lugar a decretar la internación provisoria en la referida audiencia y dispuso: “Al momento de la detención del imputado, se debe debatir en la audiencia, la medida cautelar de prisión preventiva”. Luego, el día 11 de enero de 2022 el imputado pasa a control de detención en el Juzgado de Garantía de La Serena, remitiéndose el respectivo exhorto al Juzgado de Garantía de Ovalle para que determine el destino del imputado adolescente. Señala que el tribunal exhortado responde: “Habiendo tomado conocimiento el Tribunal, en forma telefónica, que se encuentra a disposición del Juzgado de Garantía de La Serena, el imputado Eduardo Gonzalo Flores Zambra, cédula de identidad N° 21.768.701-2,, en virtud de orden de detención despachada en su contra por este Tribunal,

Fallo

se resuelve: Exhórtese al Juzgado de Garantía antes mencionado, facultándolo para realizar el control de detención del imputado y se decrete su prisión preventiva, de acuerdo al artículo 33 del Código Procesal Penal, a fin que sea puesto a disposición de este Tribunal, a través de Gendarmería de Chile, para la realización de una audiencia de debatir medidas cautelares, que se fija para el día 12 de enero de 2022, a las 11:00 horas, la cual se realizará por videoconferencia a través de la plataforma zoom (ID de reunión 973 2582 6549, código de acceso 484897), debiendo indicarse la unidad penitenciaria en la que quedará privado de libertad a fin de realizar las coordinaciones necesarias para la audiencia”. Precisa que posteriormente dicta una nueva resolución, con la misma fecha: “Advirtiendo el tribunal que el imputado es un menor de edad se rectifica el exhorto enviado solo en la parte donde dice “prisión preventiva” debe decir “internación provisoria” quedando de la siguiente forma: Habiendo tomado conocimiento el Tribunal, en forma telefónica, que se encuentra a disposición del Juzgado de Garantía de La Serena, el imputado Eduardo Gonzalo Flores Zambra, cédula de identidad N° 21.768.701-2,, en virtud de orden de detención despachada en su contra por este Tribunal, se resuelve: Exhórtese al Juzgado de Garantía antes mencionado, que se ordene para realizar el control de detención del imputado y se decrete su internación provisoria, de acuerdo al a

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Flores Zambra, Eduardo Gonzalo Juez de Garantía de Ovalle, señor Darío Díaz Peña y Lillo Recurso de Amparo Rol Nº 12-2022.- La Serena, quince de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece MARÍA FRANCISCA GONZÁLEZ ORTEGA, Abogada, Defensora Penal Pública Licitada, por el imputado adolescente EDUARDO GONZALO FLORES ZAMBRA, deduciendo acción de amparo en contra del Sr

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