SIN INFORMACION

ALBORNOZ/HERRERA

Rol

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA S/COSTAS

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Que el recurso de protección que dio lugar a la formación de estos autos, es del tenor siguiente: “MARÍA JESÚS ALBORNOZ ROCO, psicóloga, casada, cedula de identidad N° 16.555.062-5 con domicilio en 15 ½ norte #4096 Valles del Country, comuna de Talca, a Us.I., respetuosamente digo: Que, estando dentro del término establecido en el numeral 1° del auto acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia, sobre tramitación y

Fallo

fallo del recurso de protección de las garantías constitucionales y en uso de las facultades concedidas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, vengo en deducir el presente Recurso de Protección en contra de doña Luz Ester Herrera Tello, Cedula de identidad 6.142.027-4, ignoro profesión u oficio, domiciliada Corel s/n comuna de San Clemente quien mediante actos ilegales y arbitrarios procedió a denegar el ingreso a mi propiedad que deslinda según consta en título de dominio que se acompañara en el presente recurso, con camino público. Dichos actos ilegales y arbitrarios se traducen en el cierre de portón mediante una cadena con candado, y un letrero que señala “propiedad privada” prohibiendo la entrada y tránsito de personas. I. LOS HECHOS A) ANTECEDENTES DE LA PROPIEDAD Que, con fecha 17 de mayo del año 2017, adquirí la propiedad denominada Sitio número diecinueve, resultante de la división de la Parcela N° 329, de la Colonia de Mariposas, de la comuna de San Clemente, provincia de Talca. La propiedad “SITIO NUMERO 19”, ya individualizada, está inscrita a mi nombre doña MARIA JESÚS ALBORNOZ ROCO a fojas 4276, número 4135 del año 2017 en el Conservador de Bienes Raíces de Talca, y cuenta tal como señala el título con salida al camino público camino Los montes- Corel. B) ANTECEDENTES DE HECHO QUE MOTIVAN EL PRESENTE RECURSO DE PROTECCIÓN Desde el 24 de agosto del año 2021 a la actualidad, he sido víctima de un acto perpetrado por los recurridos –mi v

Texto Completo (Preview)

Talca, catorce de enero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que el recurso de protección que dio lugar a la formación de estos autos, es del tenor siguiente: “MARÍA JESÚS ALBORNOZ ROCO, psicóloga, casada, cedula de identidad N° 16.555.062-5 con domicilio en 15 ½ norte #4096 Valles del Country, comuna de Talca, a Us.I., respetuosamente digo: Que, estando dentro del término establecido

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