OVALLE GAMBOA FREDDY/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
14 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Lorenzo Morales Cortes, abogado, por el condenado FREDDY JESÚS OVALLE GAMBOA, quien interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal al rechazar la postulación del amparado al beneficio de la libertad condicional, lo que vulnera su garantía fundamental de la libertad personal y seguridad individual. Señala que su representado cumple con todos los requisitos que establece el Art. 2º del Decreto Ley Nº 321, como se acredita en los informe que acompaña agrega que se acredita a su vez, que ha cumplido con más de la mitad del tiempo de su condena y con parte importante de ella sin castigos de Gendarmería de Chile, con lo que es clara su intención de superarse, reinsertarse en la sociedad y poder ser favorecido con la libertada Condicional, en razón del cumplimiento de los requisitos objetivos como son el tiempo cumplido y la conducta mantenida al interior del recinto penal en el cual actualmente cumple su condena Solicita se tomen las providencias que se estimen oportunas para restituir el imperio del derecho que en términos prácticos, se traduce en ordenar dejar sin efecto en lo que a su defendido se refiere, la resolución que le denegó el beneficio, reconociendo su derecho y permitiendo su acceso inmediato al goce de la libertad condicional y en subsidio, en el caso de que V. S. Ilustrísima lo considere oportuno, disponer que se reúna extraordinariamente la Comisión de Libertad Condicional, para los efectos de reexaminar sus antecedentes y concederle el Beneficio a su representado. SEGUNDO: Que informa la Ministra doña María Loreto Gutiérrez Alvear, Presidenta de la Comisión de Libertad Condicional, señala que revisados los antecedentes disponibles en Secretaría Criminal, correspondientes al segundo semestre del año 2021, consta que el amparado FREDDY JESÚS OVALLE GAMBOA no fue postulado por ninguna Unidad Penal de esta jurisdicción en el perio
Fundamentos
considerando que el acto por el cual se recurre, esto es, el supuesto rechazo de la Comisión de Libertad Condicional a la solicitud del amparado de que se le conceda dicho beneficio, no se ha verificado, por cuanto éste no ha sido postulado al mismo, y en consecuencia no existe acción u omisión sobre la cual esta Corte pueda pronunciarse. CUARTO: Que en conformidad con lo dicho, no habiendo sido postulado al beneficio, mal puede atribuirse a la Comisión de Libertad Condicional un actuar ilegal que afecte la libertad personal del amparado, lo que conduce al rechazo del recurso.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de FREDDY JESÚS OVALLE GAMBOA. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-5181-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, catorce de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Lorenzo Morales Cortes, abogado, por el condenado FREDDY JESÚS OVALLE GAMBOA, quien interpone acción de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber incurrido ésta en un acto ilegal al rechazar la postulación del amparado al beneficio de la libertad condic
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