SIN INFORMACION

CUEVAS/COMISION MEDICA DE PREVENCION E INVALIDEZ

Rol

Fecha

14 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Con fecha 13 de noviembre de 2021, comparece OSCAR JAVIER CUEVAS CORTES, cédula de identidad número 7.759.241-5, chileno, trabajador dependiente, domiciliado en Polonia s/n, comuna de San Fernando, quien interpone recurso de protección en contra de la COMPIN DE LA REGIÓN DE O´HIGGINS, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por ANITA PAOLA POBLETE CASTILLO, ambos con domicilio en Cachapoal Nº 65, Rancagua y en contra de la SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por MARIA SOLEDAD RAMIREZ HERRERA, ambos con domicilio en calle German Riesco N 292, local D, Rancagua. Indica que con fecha 15 de octubre de 2021, en Resolución Exenta R-01-IBS-136757-2021, emanada por la SUCESO y remitida a COMPIN O’Higgins, se confirma el rechazo de las licencias médicas números 50492922, 51797616, 53094724, 54676285, 56185249, extendidas por un total de 150 días a contar del 27 de marzo de 2021, y además del rechazo de las licencias 57630061, 59060020, 39650393, dando como argumento: “reposo no justificado”. Considera que la resolución referida no aparece revestida de fundamento plausible, estimándose arbitraria, por cuanto se ha emitido con prescindencia de los antecedentes agregados en el propio expediente administrativo por su parte, sin realizar una adecuada investigación y examen de aquellos, o bien, de ordenar nuevas diligencias en dicho contexto. Agrega que resulta del todo arbitrario rechazar un permiso médico concedido por facultativos especializados sin ningún antecedente adicional proporcionado por las recurridas. Considera que lo relatado vulnera sus garantías constitucionales consagradas en el artículo 19 N° 1 y 24 de la Carta Fundamental. Solicita en definitiva se ordene a la recurrida deje sin efecto la Resolución Exenta objeto del recurso que confirma el rechazo de las licencias médicas individualizadas, ordenando el pago del subsidio por incapacidad laboral temporal correspondien

Fundamentos

fundamentos contenidos en Resolución Exenta N° R-01-IBS-136757-2021, de fecha 15 de octubre de 2021. Además de ello, el Sr. Cuevas recurrió previamente ante la COMPIN de O’HIGGINS reclamando el rechazo de la licencia médica Nº 50492922-1, lo que fue desestimado, mediante resolución de fecha 25 de abril de 2021. Agrega que, respecto de las licencias médicas Nos 57630061, 59060020, 39650393, la Superintendencia no registra, a la fecha, reclamo o solicitud de pronunciamiento por parte del recurrente en autos. Por lo anterior, considera que han pasado más de treinta días, desde la fecha de la interposición de esta acción y el conocimiento que el recurrente tuvo del rechazo de las licencias médicas apeladas, tanto de los fundamentos que motivaron dicha decisión como de la eventual arbitrariedad o vulneración de las garantías constitucionales que se reclaman, en la especie, supuestamente afectadas. En subsidio de lo anterior alega la improcedencia de la presente acción en materias de seguridad social, materia que se encuentra amparada por el artículo 19 N°18 de la Constitución Política de la República, y que no está cautelada por la acción de protección. Finalmente, en subsidio de sus anteriores alegaciones, emite el informe requerido indicando el marco regular de las licencias médicas y que para el caso de incapacidades laborales permanentes, el sistema de seguridad social contempla las pensiones de invalidez. Luego, en relación a las licencias médicas N° 50492922-1, 51797616-4, 53094724-6, 54676285-8 y 56185249-9, señala que la recurrente reclamó reconsideración el día 30 de julio de 2021, en contra del dictamen N° R-01-UNRA-69022-2021 de la SUCESO que confirmó lo resuelto por la COMPIN que las rechazó. Así, la Superintendencia, previo estudio, concluyó que el reposo prescrito por aquellas no se encontraba justificado, basando tal decisión en que los informes médicos aportados no permiten establecer incapacidad laboral temporal más allá del periodo de reposo ya autorizado, el cual corresponde a 327 días por el mismo diagnóstico, en tanto los informes médicos tenidos a la vista no indican en detalle el plan de tratamiento farmacológico realizado durante el tiempo de evolución del cuadro. No aporta informe de terapia física con el plan de rehabilitación propuesto, número de sesiones realizadas ni la evolución durante las mismas; tampoco informes de estudios imagenológicos realizados que permitan entender el agotamiento de recursos terapéuticos y rol de reposo prolongado, dictamen y fundamentos contenidos en Resolución Exenta N° R-01-IBS-136757-2021, de fecha 15 de octubre de 2021. Reitera que, respecto de las licencias médicas Nos 57630061, 59060020, 39650393, la Superintendencia no registra, a la fecha, reclamo o solicitud de pronunciamiento por parte del recurrente en autos. Finaliza en que la decisión adoptada por la Superintendencia se encuentra justificada por lo profesionales médicos de dicha entidad, quienes analizaron los elementos del c

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales de la Excma. Corte Suprema, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Oscar Javier Cuevas Cortes, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y de la Comisión de Medicina Preventiva, sólo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta R-01-IBS-136757-2021 de 15 de octubre de 2021 que rechaza las licencias médicas números 50492922, 51797616, 53094724, 54676285, 56185249, con la única finalidad de que se efectúen las gestiones administrativas necesarias para someter al recurrente a un peritaje médico suficiente, para luego determinar la pertinencia o impertinencia del reposo de que dan cuenta las licencias médicas señaladas. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol I. Corte N° 12667-2021 -Protección-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, catorce de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 13 de noviembre de 2021, comparece OSCAR JAVIER CUEVAS CORTES, cédula de identidad número 7.759.241-5, chileno, trabajador dependiente, domiciliado en Polonia s/n, comuna de San Fernando, quien interpone recurso de protección en contra de la COMPIN DE LA REGIÓN DE O´HIGGINS, persona jurídica de derecho público, rep

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