/TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL, VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
14 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Katherine Coccio Hernández, abogada, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de Iván Joaquín Vargas Vidal, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, con motivo de la dictación de la resolución de doce de enero de dos mil veintidós, en virtud de la cual de resolvió realizar la audiencia de juicio oral respecto del amparado, íntegramente de forma remota, por lo que solicita se ordene por esta Corte que ésta se realice de forma presencial o con al menos un juez en el Tribunal que dirija y ordene el debate; y, que comparezcan a rendir declaración de manera presencial al juicio testigos y perito. Expone la recurrente que el amparado se encuentra acusado por el delito de atentado en a carabineros y porte ilegal de municiones. Añade que en audiencia de doce de enero el tribunal recurrido dispuso que la audiencia de juicio se realizara el 28 de enero de 2022, completamente vía remota. Estima que la decisión adoptada es ilegal por infringir el principio de inmediación el cual se desprende de los artículos 284, 329 y 333 del Código Procesal Penal, y las garantías de un debido proceso para que la defensa pueda interrogar presencialmente a los testigos y de obtener la comparecencia personal de peritos. Finalmente, indica que la resolución impugnada vulnera la libertad personal y su seguridad individual, toda vez que se pretende imponer una pena privativa de libertad en contra del amparado en un juicio que se realizará perjudicando su posibilidad de defensa. A folio 5, informa el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, señalando que Como se ha ido efectuando desde el inicio de la pandemia generada a causa del virus COVID-19, con fecha 28 de septiembre de 2021 se fijó audiencia previa para efectos de discutir y resolver los aspectos concernientes a la forma de realización y desarrollo de la audiencia de juicio oral, la forma en que comparecerán testigos y peritos, y cualquier otra petició
Fundamentos
considerando: Teniendo presente, que el amparado no se encuentra privado de libertad al interponer esta acción y que lo que se pretende por esta vía constitucional es que esta Corte intervenga en las decisiones del Tribunal de Juicio Oral en lo Pena de Viña del Mar, en cuanto a la fijación de las audiencias o la forma en que estas se llevan a efecto, sin que exista vulneración o anomalía alguna que reparar, toda vez que la resolución impugnada se adopta conforme a las exigencias del artículo undécimo transitorio de la Ley N°21.394, que dispone precisamente la fijación de audiencias vía remota o semipresencial, situaciones todas que se apartan de la naturaleza de la acción constitucional de amparo, se rechazará el aludido arbitrio como se señalará en la parte resolutiva.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo presentado por Katherine Coccio Hernández, en favor de Iván Joaquín Vargas Vidal, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese. N°Amparo-66-2022.
Texto Completo (Preview)
edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de enero de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Katherine Coccio Hernández, abogada, defensora penal pública, quien interpone recurso de amparo a favor de Iván Joaquín Vargas Vidal, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, con motivo de la dictación de la resolución de doce de enero de dos mil veintidós, en virtud de l
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