AVLA SEGUROS DE CREDITO Y GARANTIA S.A. CON SERVICIO DE SALUD TALCAHUANO
Rol
Fecha
14 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que la parte ejecutada ha deducido recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 17 de abril de 2020, dictada en causa rol C-3799-2019, del ingreso del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, caratulada “AVLA Seguros de Crédito y Garantía S.A. con Servicio de Salud de Talcahuano”, mediante la cual se rechazaron las excepciones de los numerales 7 y 9 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil opuestas por el ejecutado, ordenándose seguir adelante con la ejecución; con costas. SEGUNDO: Que, en su apelación, el Servicio de Salud de Talcahuano, pide revocar la sentencia apelada, acogiendo la excepción de pago y dejando sin efecto su condena en costas. En subsidio, solicita se haga efectivo lo prevenido en el artículo 475 del Código de Procedimiento Civil. Luego, como es fácil de advertir del petitorio de su recurso sólo se apela de no haberse dado lugar a la excepción de pago y nada se dice de la contemplada en el numeral 7 del artículo 464 del referido Código, que fue objeto de debate en primera instancia; de modo, que dicho petitorio fija la competencia de esta Corte en el conocimiento del recurso interpuesto y no puede ser escuchado el ejecutado en el cuerpo del escrito de apelación cuando argumenta en torno a la excepción de falta de condiciones para que el título invocado tenga el carácter de ejecutivo. TERCERO: Que el recurso se fundamenta en que, no obstante, haber justificado el pago parcial alegado, la sentencia en estudio desestima la excepción opuesta; sin embargo, el Servicio de Salud, dice, pagó a la cedente del ejecutante, Bolsa de Productos Agropecuarios S.A., antes de la cesión, respecto de la factura 5234 un monto de $80.059.963 el 23 de enero de 2019 y la cesión se produjo el 9 de mayo de 2019; y respecto de la factura 5211 un monto de $19.411.747 el 19 de noviembre de 2018, habiéndose producido la cesión el 29 de abril de 2019; de modo que por las
Fallo
fallo en alzada. Por estas consideraciones y normas legales citadas y lo prevenido en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se revoca, sin costas del recurso, la sentencia definitiva de fecha diecisiete de abril de dos mil veinte, dictada en causa rol C-3799-2019 de ingreso del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, en la parte que rechazó totalmente el pago alegado y condenó en costas a la ejecutada; y, en su lugar se decide que se acoge parcialmente la excepción de pago opuesta por la parte demandada Servicio de Salud Talcahuano, en cuanto se reconoce un pago por la suma total de $99.471.710, correspondiente al pago parcial de las facturas N°5211 por la suma de $19.411.747 y N° 5234 por la suma de $80.059.963; y que dicho litigante queda exonerado del pago de las costas por gozar de privilegio legal de pobreza. II.- Que se confirma en lo demás apelado la mencionada sentencia. Regístrese y devuélvase. Redacción de la Ministra Suplente Margarita Sanhueza Núñez. Rol 1617-2020.
Texto Completo (Preview)
SFR/ari C.A. de Concepción. Concepción, catorce de enero de dos mil veintidós. VISTO: Se reproduce la sentencia en alzada y se tiene, además, presente: PRIMERO: Que la parte ejecutada ha deducido recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de 17 de abril de 2020, dictada en causa rol C-3799-2019, del ingreso del Segundo Juzgado Civil de Talcahuano, caratulada “AVLA Seguros de Crédit
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