2º JUZGADO DE LETRAS DE COQUIMBO

CUELLO GARRY, ANA CON GONZÁLEZ GODOY, JOHANA

Rol

Fecha

13 de enero de 2022

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, teniendo únicamente presente lo dispuesto en los artículos 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil, la cual refiere que la medida cautelar se limitará a los bienes necesarios para responder a los resultados del juicio y que para decretarlas deberá acompañar comprobantes que constituyan a lo menos presunción grave del derecho que se reclama, exigencia procedimental que estos sentenciadores estiman no se cumple en la especie, puesto que no se acompañan antecedentes que acrediten fehacientemente el derecho que se reclama y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del citado cuerpo legal, se REVOCA la resolución apelada de fecha seis de mayo de dos mil veintiuno, transcrita íntegramente en la carpeta digital, que decretó la medida precautoria de prohibición de celebrar actos o contratos de los bienes determinados que indica, y en su lugar

Fallo

se decide que se niega lugar a la misma. Devuélvase. Rol N° 637-2021 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, trece de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, teniendo únicamente presente lo dispuesto en los artículos 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil, la cual refiere que la medida cautelar se limitará a los bienes necesarios para responder a los resultados del juicio y que para decretarlas deberá acompañar comprobantes que cons

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