MP.C/ ALEXIS ISAAC ASPEE TORRES. QTE: CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PUENTE ALTO, LEONARDO I. SANHUEZA ORELLANA Y MATÍAS SOTO RAMOS.
Rol
Fecha
13 de enero de 2022
Materia
APREMIOS ILEGITIMOS COMETIDOS POR EMPLEADOS PÚBLICOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvo en consideración, en su oportunidad, para imponer la medida cautelar de prisión preventiva. En efecto, en esta etapa procesal, se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue acusado el imputado, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, atendida la naturaleza y forma de comisión de los ilícitos y bienes jurídicos protegidos, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de seis de enero del año en curso, dictada en los autos RIT 1286-2020 por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que mantuvo la prisión preventiva del imputado Alexis Isaac Aspee Torres. Acordada contra el voto de la ministra (s) señora Escanilla, quien atención a los antecedentes expuestos en la vista de la causa, en especial el largo tiempo que el imputado ha permanecido privado de libertad, fue del parecer de revocar la resolución en alzada e imponerle otras medidas cautelares de menor intensidad como las establecidas en el artículo 155 del Código Procesal Penal. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N°86-2022 Penal Pronunciado por Tercera Sala integrada por la ministra señora Carmen G. Escanilla Pérez (s), fiscal judicial señor Jaime Salas Astráin y el abogado integrante señor Francisco Ferrada Culaciati.
Texto Completo (Preview)
Fecha: a trece de enero de dos mil veintidós. Sala: Tercera Zoom Rol Corte: 86-2022 RIT: 1286-2020 Ruc: 2000130195-1 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Relator (a): Nicole Kemp Gomila Abogado asesor: Paula Flores Vargas Defensor privado: Jorge Correa Selame Querellante por I Municipalidad de Puente Alto: Rebeca Echeverría Salazar Querellante por INDH: Paz Gallardo Olivos Querellante CDE
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