SCOTIABANK CHILE S. A./PIÑONES
Rol
Fecha
17 de enero de 2022
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: 1º) Que en la presente causa se dedujo subsidiariamente recurso de apelación en contra de la resolución dictada con fecha doce de octubre de dos mil veintiuno, que recibió a prueba la incidencia de nulidad de lo obrado. 2º) Que el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil dispone: “Si es necesaria la prueba, se abrirá un término de ocho días para que dentro de él se rinda y se justifiquen también las tachas de los testigos, si hay lugar a ellas”, luego el inciso final de la misma regla establece “las resoluciones que se pronuncien en los casos de este artículo son inapelables”. Atendido lo expuesto y lo dispuesto por el artículo 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil , se declara INADMISIBLE el recurso de apelación, deducido en forma subsidiaria, por don Agustín Contreras Valdés, en contra de la referida resolución, de fecha doce de octubre de dos mil veintiuno, que recibió a prueba la incidencia de nulidad de lo obrado. Regístrese y devuélvase. N°Civil-246-2021.
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación, deducido en forma subsidiaria, por don Agustín Contreras Valdés, en contra de la referida resolución, de fecha doce de octubre de dos mil veintiuno, que recibió a prueba la incidencia de nulidad de lo obrado. Regístrese y devuélvase. N°Civil-246-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diecisiete de enero de dos mil veintidós. VISTOS: 1º) Que en la presente causa se dedujo subsidiariamente recurso de apelación en contra de la resolución dictada con fecha doce de octubre de dos mil veintiuno, que recibió a prueba la incidencia de nulidad de lo obrado. 2º) Que el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil dispone: “Si es necesaria la prueba, se abrirá
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