SANTANDER/ISAPRE CONSALUD S.A.
Rol
Fecha
13 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de protección constitucional don Marcelo Andrés Muñoz Ferrer, abogado, en favor de los intereses de doña Daniela Santander Patuelli, en contra de Isapre Consalud, por el acto arbitrario e ilegal consistente en negar la cobertura de parto en el centro de salud maternidad de Red Salud Vitacura, ofreciendo en cambio la cobertura del Hospital UC Marcoleta, lo que conculca sus garantías constitucionales en cuanto al derecho de igualdad ante la ley, de salud y propiedad, consagradas en el artículo 19 N° 2, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Explica que su representada se encuentra afiliada a la Isapre Consalud, bajo el contrato con el plan denominado EASYPLAN 20 11A, código de plan 13-EP11A-20. Dicho plan tiene como prestadores preferentes, entre otros, a Clínica Red Salud Vitacura con cobertura hospitalaria por el 100% sin tope. Indica que la protegida actualmente se encuentra embarazada de 29 semanas, y que el 15 de septiembre se entera a través de un grupo de whatsapp del cierre de la maternidad de Red Salud Vitacura, y que solo se atendería hasta esa fecha y los partos programados hasta el día 30 del mismo mes. Señala que su intención es atenderse en la maternidad de la RED Salud de Vitacura, por lo que el cierre de dicha maternidad afecta a sus intereses. Asevera que, a la fecha, solo se le ha ofrecido la cobertura del Hospital UC Marcoleta, el que no le parece, porque a diferencia de la Red Salud de Vitacura, no tiene “el programa de parto respetado”. Previas citas legales y constitucionales, finalizó pidiendo en su escrito de protección que sean adoptadas todas las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y en especial que se ordene a la recurrida a cubrir todos los gastos médicos y hospitalarios que la protegida incurra producto de su parto, así como del bebé que está por nacer, quien es su carga de salud, en cualquier clínica en que su Ginecóloga obstetra doña Marcia Venegas Naranjo esté acreditada (para este caso Clínica Indisa), como si fuese el prestador preferente contratado en su plan de salud (Red Salud Vitacura), o en su defecto cubriendo el 100% de todos los gastos en la forma ya señalada, a libre elección de la recurrente, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que, informando la Isapre recurrida, pidió el rechazo del recurso de protección porque no han existido ni existen actuaciones u omisiones arbitrarias ni ilegales imputables a su representada, además porque el recurso perdió oportunidad, al haberle otorgado la cobertura pedida. Indica que debido a las particularidades del caso de la recurrente, y de acuerdo con una revisión y estudio de los antecedentes aportados a estos autos, la Isapre Consalud, “solo por esta ocasión”, le respetará la cobertura del plan de salud en las atenciones de su parto en Clínica Indisa, como si se hubiera atendido en Clínica RedSalud Vitacura. TERCERO: Que, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso deducido por doña Daniela Santander Patuelli en contra de Isapre Consalud S.A. Regístrese y archívese en su oportunidad. Rol N° 39660-2021 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Verónica Sabaj Escudero, conformada por la Ministra suplente señora Natacha Ruz Grez y el Abogado Integrante señor Cristián Lepin Molina.
Texto Completo (Preview)
Santiago, trece de enero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, recurrió de protección constitucional don Marcelo Andrés Muñoz Ferrer, abogado, en favor de los intereses de doña Daniela Santander Patuelli, en contra de Isapre Consalud, por el acto arbitrario e ilegal consistente en negar la cobertura de parto en el centro de salud maternidad de Red Salud Vitacura, ofreciendo en
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