FERNÃNDEZ/SAYAGO
Rol
Fecha
12 de enero de 2022
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Del mérito de los antecedentes se desprende que la demandante, al momento de solicitar la reactivación del término probatorio, en el primer otrosí, pidió que se tuvieran por acompañados nuevamente dentro del término probatorio reactivado, los documentos cuya presentación fue anulada de oficio por el Tribunal, sin necesidad de acompañarlos materialmente, por economía procesal, en atención a que estos ya se encontraban acompañados a folio 46, como también pide que se tengan por acompañados los oficios que fueron remitidos por el Servicio de Impuestos Internos, la I. Municipalidad de Arica y el Conservador de Bienes Raíces, que constan en los folios 56, 76, 79 y 82 actuaciones que también fueron anuladas en su oportunidad. Conforme a lo asentado precedentemente y constando que los documentos a que se refiere el recurrente se encuentran agregados a la causa, sin perjuicio de haber sido anulada su presentación y la resolución que en su momento los tuvo por acompañados, encontrándose los mismo en el expediente digital, no se avizora obstáculo alguno para que se tengan nuevamente por acompañados los mismos, toda vez que no se estaría validando una diligencia declarada nula, pues el demandante solicita que se tengan nuevamente por acompañados, en consecuencia yerra el Juez al no dar lugar a la referida presentación, pues con ella no se pretende revivir actuaciones declaradas nulas, sino que dar aplicación al principio de economía procesal, máxime si al proceder de la forma señalada no se genera indefensión a la contraria, toda vez que se cumple con lo dispuesto en el artículo 348 del Código de Procedimiento Civil, pudiendo ésta hacer valer sus derechos dentro de los plazos legales. En los mismos términos ya mencionados, respecto de los oficios que ya fueron evacuados por los organismos indicados, a fin de hacer más expedita y eficiente la administración de justicia, no se justifica la reiteración de la diligencia que involucra diversos Servicios Públicos que
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Arica, doce de enero de dos mil veintidós. VISTO: Del mérito de los antecedentes se desprende que la demandante, al momento de solicitar la reactivación del término probatorio, en el primer otrosí, pidió que se tuvieran por acompañados nuevamente dentro del término probatorio reactivado, los documentos cuya presentación fue anulada de oficio por el Tribunal, sin necesidad de acompañarlos material
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