2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ESPINOZA/CORPORACIÓN **

Rol

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Por sentencia de fecha doce de marzo del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1066-2020, se rechazó la denuncia principal y la demanda subsidiaria interpuesta por Guillermo Espinoza Neira en contra de Corporación Municipal de Renca, sin costas. Contra este fallo la parte denunciante dedujo recurso de nulidad, por dos causales subsidiarias: la primera, del artículo 478 letra b) y la segunda, del mismo artículo letra d), ambas del Código del Trabajo; recurso que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la denunciante hace valer, primeramente, la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que el trabajador fue obligado a renunciar, después de habérsele retenido por más de dos horas, por lo que se vio obligado a suscribir su renuncia; por su parte, la denunciada indicó que al trabajador se le dio la oportunidad de renunciar “para que sus papeles no quedaran manchados”, cosa que él aceptó voluntariamente. El tribunal aceptó la tesis de la denunciada, indicando que no lograron probar los indicios de una supuesta fuerza moral ejercida en contra del trabajador, que lo hubiera obligado a renunciar, apoyándose en la prueba de testigos presenciales y, además, por estimar que no se produjo una impresión fuerte, a la que se refiere el artículo 1456 del Código Civil, en un hombre adulto, al que se le comunicó su despido en una reunión privada, por dos jefaturas femeninas. Señala que el

Fallo

fallo la parte denunciante dedujo recurso de nulidad, por dos causales subsidiarias: la primera, del artículo 478 letra b) y la segunda, del mismo artículo letra d), ambas del Código del Trabajo; recurso que fue declarado admisible, procediéndose a su vista, oportunidad en que alegaron los apoderados de las partes. Considerando: Primero: Que la denunciante hace valer, primeramente, la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Fundamenta la causal en que el trabajador fue obligado a renunciar, después de habérsele retenido por más de dos horas, por lo que se vio obligado a suscribir su renuncia; por su parte, la denunciada indicó que al trabajador se le dio la oportunidad de renunciar “para que sus papeles no quedaran manchados”, cosa que él aceptó voluntariamente. El tribunal aceptó la tesis de la denunciada, indicando que no lograron probar los indicios de una supuesta fuerza moral ejercida en contra del trabajador, que lo hubiera obligado a renunciar, apoyándose en la prueba de testigos presenciales y, además, por estimar que no se produjo una impresión fuerte, a la que se refiere el artículo 1456 del Código Civil, en un hombre adulto, al que se le comunicó su despido en una reunión privada, por dos jefaturas femeninas. Señala que el fallo infringió el principio lógico de razón suficiente, pues sólo analizó la pr

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de enero de dos mil veintidós. A los escritos folios 10 y 11: a todo, téngase presente. Vistos: Por sentencia de fecha doce de marzo del año dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT N° T-1066-2020, se rechazó la denuncia principal y la demanda subsidiaria interpuesta por Guillermo Espinoza Neira en contr

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