3ER JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA CHILE / DIAZ

Rol

Fecha

12 de enero de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA en lo apelado la resolución de fecha veintiséis de octubre de dos mil veintiuno, declarándose que se exime del pago de las costas al ejecutante. Devuélvase en su oportunidad. N°Civil-923-2021. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, doce de enero de dos mil veintidós. A la presentación de la abogada Loreto San Martín, folio 26: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA en lo apelado la resolución de fecha veintiséis de octubre

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