JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COLLIPULLI

INSTITUTO NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS C/ NN NN NN

Rol

Fecha

11 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia , estimando que el nuevo antecedente hecho valer por la defensa carece de la relevancia suficiente para modificar las circunstancias tenidas en consideración por esta Corte al momento de decretar la medida cautelar de arresto domiciliario total,

Fundamentos

considerando especialmente la gravedad de la pena asignada al delito por el cual fue formalizado el imputado, la naturaleza y carácter del mismo, la calidad de funcionario público del encartado al momento de ejecución de los hechos investigados, el no estar libre de mácula su conducta previa y posterior, el haber actuado en grupo o pandilla, el marco rígido de la pena y la imposibilidad de acceder en el evento de ser condenado a alguna pena sustitutiva, SE REVOCA la resolución apelada de fecha tres de enero de dos mil veintidós, que sustituyó la medida cautelar de arresto domiciliario total por la cautelar de arresto domiciliario parcial respecto del imputado JUAN ALEJANDRO SANTANDER CASTELLON, y en su lugar,

Fallo

se declara que no se hace lugar a la solicitud de la defensa y en consecuencia se mantiene la medida cautelar de arresto domiciliario total, por estimar es la medida cautelar más proporcional e idónea a los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-30-2022. (sac)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, once de enero de dos mil veintidós. A la presentación de la abogada Rocío Vásquez Fierro, folio 6: A lo principal y otrosí: téngase presente. A la presentación del abogado Maximiliano Murath Mansilla, folio 7: téngase presente. A la presentación del abogado Matías Oviedo Sandoval, folios 8 y 9: téngase presente. A la presentación del abogado Sebastián Saavedra Cea, folio

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