BANCO DE CHILE/BERNASCONI
Rol
Fecha
11 de enero de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: 1°: Que, el recurrente pretende por este recurso que esta Corte deje sin efecto la resolución de 19 de agosto de 2021, por la cual anuló de oficio la resolución de folio 37 de fecha 30 de julio de 2021, la que había admitido a tramitación la solicitud de doña Ioulia Korosteleva, fundada en el beneficio de excusión contemplado en el artículo 148 del Código Civil. 2°: Que, este artículo otorga al cónyuge no propietario de un bien raíz acogido al beneficio de bien familiar, que el acreedor del cónyuge deudor y propietario, en primer lugar, persiga su crédito en otros bienes de este, y luego, en segundo, agotada dicha posibilidad sin satisfacer el pago completo de la deuda, poder buscar el pago de su acreencia en el bien que goce de dicho estatuto. 3°: Que, en estos autos el Banco de Chile ha demandado ejecutivamente a don Pietro Bernasconi Romero, con el objeto de obtener el pago de sus créditos en mora por una suma superior a los $233.000.000, deuda que se encuentra garantizada con una hipoteca a favor del referido banco sobre el Lote L Treinta y dos a, proveniente de la subdivisión del Fundo Talhuen, comuna de Requínoa, debidamente inscrita en el registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Rengo, y la que además registra embargo en estos autos, según se lee del certificado de hipotecas y prohibiciones agregado a folio 57 del cuaderno de apremio extendido por dicho conservador. 4°: Que, en el mismo folio, también fue agregado copia de la inscripción de dominio que indica que el predio fue subdividido por resolución N°10 de la Dirección de Obras Municipales de la I. Municipalidad de Requínoa junto a otros documentos, de la cual el predio original se dividió en los lotes L 32 a-1 y L 32 b-2. Asimismo, se desprende de dicho instrumento público que sobre el Lote 32 a-1 y por resolución del Juzgado de Familia de Rengo, en sus autos RIT C-433-2018 dictada el 5 de diciembre de 2019, este bien raíz fue afecto como bien fam
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 142 y siguientes del Código Civil y demás disposiciones invocadas, se revoca la resolución apelada de fecha diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Rancagua, en la causa Rol C-2075-2020 a folio 44 del cuaderno principal, en cuanto anuló lo resuelto a folio 37 del mismo cuaderno, con fecha treinta de julio del año pasado, y, en su lugar, se declara que se acoge a tramitación la referida excepción del beneficio de excusión y se mantiene vigente la resolución dictada a folio 37 del cuaderno principal de autos. Prosígase la tramitación de la presente causa por Juez no inhabilitado. Comuníquese y devuélvase. Redacción del Abogado Integrante José A. Irazabal Herrera. Rol N°631-2021 Civil. No firma el abogado integrante Sr. Irazabal, por no encontrarse integrando el día de hoy. No obstante de haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, once de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: 1°: Que, el recurrente pretende por este recurso que esta Corte deje sin efecto la resolución de 19 de agosto de 2021, por la cual anuló de oficio la resolución de folio 37 de fecha 30 de julio de 2021, la que había admitido a tramitación la solicitud de doña Ioulia Korosteleva, fundada en el beneficio de excusió
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