JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

ROCIO GRACIELA ESPINOZA GAMBOA C/ RUBY ANDREA OLIVEROS SAAVEDRA

Rol

Fecha

11 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En el rol único de causas N°2000521051-9, correspondiente al rol interno del Tribunal de Garantía de esta ciudad N° O – 760-2021 y Rol Corte N° 483 - 2021, el abogado don RENATO MOSCOSO LUCERO, Defensor Penal Público, en representación de Melissa Andrea Oliveros Saavedra, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada con fecha 19 de noviembre de 2021, dictada por el Juzgado de Garantía de Arica, en cuya virtud se condenó a su representada, a la pena de cuatro Unidades Tributarias, por su responsabilidad en calidad de autora del delito de daños simples, descrito y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, hecho ocurrido el 3 de mayo de 2020. La causal de nulidad que esgrime la defensa, es la del artículo 374 letra e) en relación con el artículo 342 letra c) del Código Procesal Penal. Se llevó a efecto la audiencia para conocer del recurso de nulidad referido, con fecha veintidós de diciembre del año próximo pasado, con la asistencia del abogado defensor y del representante del Ministerio Público, quedando la causa en acuerdo. Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, la recurrente indica que la sentencia impugnada, carece de la fundamentación que permita reproducir el razonamiento de los sentenciadores para arribar a la decisión de condena, en cuanto no existe una posibilidad de reproducir cual fue la razón suficiente que llevo a condenar, ya que el análisis que realiza el juzgador, se sustenta solo en base a un solo elemento probatorio, esto es, la declaración de la víctima, ya que el otro testigo, cónyuge de la afectada, solo señala las agresiones que sufrió la coimputada Ruby Oliveros, y señaló que no vio cuando los lentes se cayeron al suelo, pero si vio cuando Melissa los pisó, pero no lo registró, a pesar de estar grabando la situación. Añade que el restante de la prueba, funcionario policial, es un testigo de oídas, el cual solo puede dar cuenta de los hechos que escuchó, mas no de la realidad de los mismos, siendo lo anterior es de

Fundamentos

motivos noveno y siguientes. De esta forma, existió un análisis claro, lógico y exhaustivo de los hechos que se dieron por probados, valorándose adecuadamente los antecedentes incorporados a la audiencia, ergo, como se ha repetido majaderamente, no se advierte el defecto procesal esgrimido por la defensa, por lo que el recurso de nulidad será desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 297, 342, 352, 372, 374, 376, 378, 383 y 384 del Código Procesal Penal, se resuelve: Que SE RECHAZA el recurso de nulidad deducido por el defensor don RENATO MOSCOSO LUCERO, en representación de Melissa Andrea Oliveros Saavedra, en contra de la sentencia pronunciada por el Tribunal de Garantía de esta ciudad, de diecinueve de noviembre del año próximo pasado, declarándose en consecuencia, que la indicada sentencia impugnada y el juicio en el cual se dictó RUC 2000521051-9, correspondiente al rol interno de dicho Tribunal O – 760 -2021, no son nulos. Redacción de don Pablo Zavala Fernández, Ministro Titular. No firman el Ministro Mauricio Silva Pizarro y el Abogado Integrante, señor Ricardo Oñate Vera, quienes no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la presente causa, se encuentran haciendo uso de su feriado legal. Regístrese, comuníquese vía interconexión. Rol N° 483 - 2021 Penal.

Texto Completo (Preview)

Arica, once de enero de dos mil veintidós. VISTOS: En el rol único de causas N°2000521051-9, correspondiente al rol interno del Tribunal de Garantía de esta ciudad N° O – 760-2021 y Rol Corte N° 483 - 2021, el abogado don RENATO MOSCOSO LUCERO, Defensor Penal Público, en representación de Melissa Andrea Oliveros Saavedra, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada con fecha 19

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