SCHAROVSKY/NOVARTIS CHILE S.A.
Rol
Fecha
11 de enero de 2022
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT O-2950-2020, RUC Nº 2040267443-2, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de once de marzo de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Marcela Solar Catalán, acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Silvio Ariel Scharovsky en contra de Novartis Chile S.A., sólo en cuanto se declara indebido el despido de que fue objeto, y condena a la demandada al pago de la suma que indica, por concepto de recargo del 30% establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo, sin costas. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer cuatro causales, una en subsidio de la otra: (i) artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior; (ii) motivo de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por dictación de la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; (iii) causal del artículo 477 del Código Laboral, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 5, 176 y 168, todos del Código del Trabajo, y artículo 1546 del Código Civil y; (iv) motivo de nulidad del artículo 477 del Código Laboral, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en este caso en relación con el artículo 172 del Código del Trabajo, por lo que pide invalidar la sentencia recurrida, en lo relativo al despido injustificado, y se dicte la sentencia de reemplazo que rechace la demanda de despido, por cuanto el trabajador podía ser despedido por desahucio escrito del empleador, sin expresión de causa; en subsidio, solicita invalidar la sentencia definitiva recurri
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante deduce como primera causal de su recurso de nulidad la contemplada en el artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, explicando –previo contexto de los antecedentes del proceso –que la sentencia recurrida da por acreditado el hecho de que el demandante tenía una posición gerencial de altísima jerarquía en la empresa, con poderes para representarla (lo que permitía terminar su contrato de trabajo por desahucio sin causa), sin perjuicio de lo cual declaró el despido como injustificado por cuanto Novartis aplicó la causal de necesidades de la empresa. Agrega la recurrente, que la propia sentencia recurrida tiene por acreditado que el trabajador se encontraba en los casos señalados en el inciso segundo del artículo 161 del Código del Trabajo, pese a lo cual, de todas formas exige a la demandada justificar los hechos de la causal de necesidades de la empresa, hechos que no dio por acreditados, ignorando que el despido del demandante, por encontrarse en una de las situaciones del inciso segundo artículo 161 del Código del Trabajo, no requería justificación. Estima que incluso llegando a la errada conclusión de que no se hayan podido acreditar las necesidades de la empresa invocada en la carta de despido, el despido del demandante no es injustificado, pues el propio Código del Trabajo autoriza que los contratos de trabajo de los gerentes puedan ser terminados sin expresión de causa. Por último, indica que resulta evidente que esta infracción ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, por cuanto de haberse calificado correctamente los hechos, se habría concluido en la sentencia que el despido de autos no es injustificado, sino que se ajusta a la causal de desahucio escrito del empleador, lo que redundará en el rechazo de la demanda. SEGUNDO: Que la primera causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, prevista para cuando es necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior, dice relación estrictamente con una cuestión de derecho, pues debe determinarse si un hecho establecido en el proceso, se encuentra regulado por una determinada norma legal para la cual el Tribunal debe realizar un juicio de valor, pero con la limitación que no puede alterar las conclusiones fácticas del tribunal inferior. TERCERO: Que, para efectuar el análisis a que nos lleva esta causal, es previo y necesario, determinar las conclusiones fácticas a que llega el Tribunal de la instancia y en tal sentido el considerando undécimo de la sentencia refiere que, de acuerdo a las funciones desempeñadas por el trabajador, su despido no requería justificación fáctica alguna, pues se trataba de aquellos que tienen poder de representación de la empresa y así se constata en las cláusulas relativas a la e
Fallo
se declara indebido el despido de que fue objeto, y condena a la demandada al pago de la suma que indica, por concepto de recargo del 30% establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo, sin costas. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, haciendo valer cuatro causales, una en subsidio de la otra: (i) artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, por ser necesaria la alteración de la calificación jurídica de los hechos, sin modificar las conclusiones fácticas del tribunal inferior; (ii) motivo de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por dictación de la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; (iii) causal del artículo 477 del Código Laboral, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 5, 176 y 168, todos del Código del Trabajo, y artículo 1546 del Código Civil y; (iv) motivo de nulidad del artículo 477 del Código Laboral, por dictación de la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en este caso en relación con el artículo 172 del Código del Trabajo, por lo que pide invalidar la sentencia recurrida, en lo relativo al despido injustificado, y se dicte la sentencia de reemplazo que rechace la demanda de despido, por cuanto el trabajador podía ser despedido por desahucio escrit
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Santiago, once de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos RIT O-2950-2020, RUC Nº 2040267443-2, del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, por sentencia de once de marzo de dos mil veintiuno, la jueza de dicho tribunal doña Marcela Solar Catalán, acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por Silvio Ariel Scharovsky en cont
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