HECTOR DOMINGO CONTRERAS CASTILLO CON JAVIER CIFUENTES ALBORNOZ
Rol
Fecha
10 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Teniendo únicamente presente que en la especie no concurren las exigencias legales que hacen procedente la medida cautelar solicitada y concedida, y de conformidad, además con lo previsto en los artículos 290, 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil; SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución en alzada de diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras de Nacimiento, mediante la cual se concedió la medida precautoria de prohibición celebrar actos y contratos sobre un inmueble, y, en su lugar, se decide que no se accede a la petición en tal sentido de la parte demandante. Devuélvase. Rol N°Civil-1268-2021.
Fallo
se decide que no se accede a la petición en tal sentido de la parte demandante. Devuélvase. Rol N°Civil-1268-2021.
Texto Completo (Preview)
CGR C.A. de Concepción. Concepción, diez de enero de dos mil veintidós. VISTO: Teniendo únicamente presente que en la especie no concurren las exigencias legales que hacen procedente la medida cautelar solicitada y concedida, y de conformidad, además con lo previsto en los artículos 290, 296 y 298 del Código de Procedimiento Civil; SE REVOCA, en lo apelado y sin costas del recurso, la resolución
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