BECERRA/UNIVERSIDAD DE NTOFAGASTA
Rol
Fecha
10 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Cristina Lobos Bello, en nombre y representación de Cristian Oscar Becerra Pereira, domiciliados para estos efectos en Latorre N°2444, oficina N°3, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de la Universidad de Antofagasta, Rut 70.791.800-4, representada por Luis Loyola Morales, ambos con domicilio en Avenida Angamos N° 601, Antofagasta, por vulneración de las garantías contenidas en el artículo 19 números 2° y 24° de la Constitución Política de la República, al negarse a realizar los trámites pertinentes para la entrega del título profesional al recurrente de cirujano dentista, no obstante cumplir con todos los requisitos académicos para ello, solicitando que se ordene a la recurrida la entrega de los certificados y documentos de grado académico y titulación de la carrera de cirujano dentista. Informó la recurrida solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la acción se funda en la acción arbitraria e ilegal de la Universidad recurrida consistente en la negativa de entregar al recurrente su título profesional de cirujano dentista. En el año 1999 ingresa a la Universidad de Antofagasta a estudiar la carrera de odontología, y en el año 2008 terminó todos los cursos de pregrado, inclusive se le entrega el 13 de diciembre del 2008 un diploma por las autoridades académicas, que da cuenta de haber rendido todas las actividades de titulación establecidas por la Universidad para obtener el título de cirujano dentista. Del mismo modo, en el año 2009 el actor realiza su internado clínico en el Hospital Militar del Norte, siendo ésta la actividad necesaria de titulación, según dispone el mismo reglamento de la Facultad de Odontología. No obstante lo anterior, cuando el recurrente solicita a la Universidad la entrega de su título en el año 2009, le indican que no es posible hacerlo debido a que éste presentaría deudas por concepto de aranceles. Del mismo modo le indican que le faltarían 11 asignaturas para completar el plan de estudios, contando con un avance del 79.63%, lo que resultaría imposible dado que en caso de ser efectivo no hubiese podido el recurrente realizar su internado profesional. La actuación de la recurrida vulnera las garantías invocadas desde que configura un trato discriminatorio, como asimismo la privación de su derecho a la propiedad incorporal sobre su título profesional, por lo cual al tratarse de un acto ilegal y arbitrario solicita se le ordene a la Universidad acceda a la entrega del título profesional de cirujano dentista y la documentación necesaria para el ejercicio de su profesión, con expresa condena en costas. SEGUNDO: Que informó Ignacio Ahumada Orio, abogado, en representación de la recurrida Universidad de Antofagasta, solicitando el rechazo del recurso, en primer término alegando la extemporaneidad del mismo, dado que la supuesta vulneración de las garantías aludidas se habría producido el año 2009, por lo cual, el plazo que exige el legislador constituyente escapa con creces a los hechos fundantes del recurso. En cuanto al fondo del asunto, se da cuenta de la situación curricular del recurrente indicando que éste perdió la calidad de alumno regular y, en consecuencia, quedó en situación de eliminación de la Universidad, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento del Estudiante de pregrado vigente a la época y aprobado mediante D.E 404/2006, en el artículo 43 letra b) del referido decreto, esto es, la no inscripción de asignaturas en un periodo académico sin tener aprobado una interrupción de estudios. El 28 de agosto del 2018 el recurrente eleva solicitud a la Dirección Curricular para reintegrarse a la carrera de Odontología, la que fue rechazada dado que el actor no habría inscrito asignaturas desde el año 2002 –último año en que se matriculó en la Universidad- realizando una carga informal en el Registro curricular de las asignaturas,
Fallo
Por estas consideraciones y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, sin costas, el recurso interpuesto por Cristina Lobos Bello, en nombre y representación de Cristian Oscar Becerra Pereira, en contra de la Universidad de Antofagasta. Regístrese y comuníquese. Rol 11477-2021 (PROTECCIÓN)
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a diez de enero de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Cristina Lobos Bello, en nombre y representación de Cristian Oscar Becerra Pereira, domiciliados para estos efectos en Latorre N°2444, oficina N°3, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en contra de la Universidad de Antofagasta, Rut 70.791.800-4, representada por Luis Loyola Morales, ambos con domicilio en Avenida
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