SIN INFORMACION

CODELCO CHILE/ESPOZ

Rol

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZA RECURSO HECHO

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la abogada Karla Gallegos Cerda en representación de la demandada, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras del trabajo de Calama, en autos RIT O-362-2021 que concedió el recurso de apelación deducido por la parte demandante, por improcedente. Señala que la resolución contra la cual se dedujo la apelación corresponde a la dictada, con fecha 19 de noviembre del año 2021 en audiencia preparatoria, en la cual se acogen las excepciones de pago y de finiquito interpuesta por la demandada, argumentando que la naturaleza de la resolución es de sentencia definitiva, por ende, no es de aquellas, que de acuerdo al artículo 476 del Código del trabajo sean apelables. Agrega que incluso si se estimase que la referida resolución es de aquellas sentencias susceptibles de apelación, en virtud de los principios de inmediación y oralidad, dicho recurso debió ser interpuesto en la audiencia respectiva, no en una instancia posterior, como ocurrió en la especie. Finalmente, indica que el derecho del demandante de interponer recurso de apelación había precluido, ya que la parte demandante interpuso recurso de reposición en forma oral sin apelación subsidiaria en la misma audiencia preparatoria, por lo tanto, la apelación posterior, sería improcedente conforme lo indica el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que, conforme a lo expuesto por el recurrente la controversia radica en determinar si la resolución dictada en la audiencia preparatoria que acoge las excepciones de pago y finiquito opuestas por el demandado es susceptible de apelación en la forma interpuesta por el demandante. Desde ese prisma, es necesario analizar la naturaleza jurídica de las excepciones opuestas, las que no obstante atacar el fondo de la acción deducida, al pretender enervar la acción de cobro de prestaciones impetrada, se configuran desde el punto de vista de su tramitación, como cuestiones accesorias al asunto principal, respecto de las cuales el juez de la instancia les ha dado tramitación incidental, otorgando al efecto, el correspondiente traslado y resolviendo éstas de plano en la instancia procesal de la audiencia preparatoria. En ese escenario, no cabe sino entender que la resolución que falla las excepciones de fondo opuestas, tiene una naturaleza jurídica de sentencia interlocutoria, desde que el tratamiento dado por el juez de la causa, al fallarlas en la audiencia preparatoria, como si se tratara de un incidente de previo y especial pronunciamiento, y no reservar su decisión en la instancia de dictación de la sentencia definitiva que resuelva el asunto objeto del juicio, permite entender, desde el punto de vista del derecho a recurrir, que la resolución que acoge dichas excepciones, no obstante enervar la acción, ha establecido derechos permanentes en favor de la parte demandada puesto que trae como consecuencia el término del juicio o la imposibilidad de prosecución del

Fallo

por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en el artículo 476 del código del trabajo, SE RECHAZA, el recurso de hecho interpuesto por el apoderado de la demandada en contra de la resolución dictada por el Juzgado del trabajo de Calama en autos RIT O-362-2021, e ingresado a esta Corte bajo el Rol 678-2021 (LAB) que acoge a tramitación el recurso de apelación deducido por la demandante, siendo la apelación indicada procedente. Comuníquese al Primer Juzgado del Trabajo de Calama para los efectos que corresponda. Regístrese y comuníquese. Rol 678-2021 (LAB)

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Antofagasta, diez de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la abogada Karla Gallegos Cerda en representación de la demandada, deduciendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Letras del trabajo de Calama, en autos RIT O-362-2021 que concedió el recurso de apelación deducido por la parte demandante, por improcedente. Señala que l

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