1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

LAMARTINIERE/CORTES MUÑOZ LIMITADA

Rol

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

ABANDONADO RECURSO

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Hechos

Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de veintitrés de julio del año dos mil veintiuno dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-7741-2020. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-2684-2021. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis e integrada, además, por la Ministro (S) señora María Inés Lausen Montt y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalón. En Santiago, diez de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de veintitrés de julio del año dos mil veintiuno dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en causa RIT O-7741-2020. Regístrese y comuníquese. N°Laboral - Cobranza-2684-2021. Pronunciada por la Duodécima Sala, presidida por el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis e integrada, además, por la Ministro (S) señora María Inés Lausen Montt y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalón. En Santiago, diez de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de enero de dos mil veintidós. Vistos: Con el mérito de la constancia entregada por el señor relator, quien para estos efectos es Ministro de Fe, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 481 del Código del Trabajo, se declara abandonado el recurso de nulidad deducido por la parte demandada, en contra de la sentencia de veintitrés de julio d

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