SIN INFORMACION

ROLON/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTE

Rol

Fecha

10 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1 comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, Abogado, a favor de Marlin Maryely Rolon Carpio, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de Protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 17 de marzo de 2021, por impedir afectar el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República. Señala que la recurrente, ingresó al país y fue titular de una visa temporaria, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. Refiere que previo al vencimiento de su visa antes señalada, solicitó el beneficio de permanencia definitiva, sin que a la fecha se haya dado respuesta al requerimiento. Destaca que conforme a la Ley N°19.880 el procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites, debiendo actuar por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión, evitando trámites dilatorios. Solicita en definitiva se pronuncie sobre la solicitud, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Que, informa el Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, quien relata las diligencias realizadas por la actora con motivo de su solicitud de permanencia definitiva. Agrega que su solicitud de permanencia definitiva se encuentra en estado de evaluación intermedia, etapa a la que avanzó por resolución de 12 de diciembre. Por lo anterior no puede sostenerse que exista acción u omisión ilegal o arbitraria, puesto que la autoridad administrativa ha cumpl

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara que se acoge, el recurso deducido en favor de Marlin Maryely Rolon Carpio en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, sólo en cuanto se ordena al recurrido, que en el plazo de 30 días, de curso progresivo al procedimiento administrativo. Acordada con el voto en contra de la Abogada Integrante Sra. Prado, quien estuvo por rechazar el recurso de protección, teniendo para ello en consideración: 1) Que de los antecedentes aportados por las partes al proceso se colige que no existe actualmente ningún acto ilegal ni arbitrario por parte de la recurrida, por cuanto la solicitud ya referida está en tramitación, por lo que resta el pronunciamiento final de la administración en tal sentido. 2) Que, a mayor abundamiento se debe señalar que no existe evidencia de existir conculcación de la garantía fundamental de igualdad ante la ley, ni de ninguna otra, ya que con el comprobante de solicitud de permanencia definitiva en trámite y comprobante de pago de derechos correspondientes, el recurrente acredita su situación migratoria regular en el país. 3) Que de esta forma, sin perjuicio de la demora evidente en la tramitación de la solicitud de permanencia def

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Cgv Valparaíso, diez de enero de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 comparece Pablo Daniel Peñaloza Parra, Abogado, a favor de Marlin Maryely Rolon Carpio, de nacionalidad venezolana, quien interpone acción de Protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bell

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica