SIN INFORMACION

MARCELO EDUARDO CONTRERAS SANCHEZ CONTRA GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

8 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: A folio 1, comparece María Victoria Sánchez Ramírez, y recurre de amparo en favor de Marcelo Eduardo Contreras Sánchez en contra de Gendarmería o quien resulte responsable. Señala que como madre se ve en la necesidad de recurrir a esta instancia, para que su hijo lo lleven a control médico, ya que hace más de 6 meses se atendió en un hospital por un médico especializado. Indica que en abril de 2021, sufrió agresiones con arma blanca en la Cárcel de Antofagasta quedando con riesgo vital, en estado de coma y perdió un riñón, quedó complicado de su vaso y del estómago; quedando con colostomía por 6 meses. Le preocupa su estado de salud porque tampoco recibe la alimentación correcta; hoy se encuentra recluido en la Cárcel de La Serena, donde no existen mayores problemas, solo que Gendarmería no ha permitido la entrada del abogado penitenciario, don Rodolfo Bórquez y tampoco ha sido llevado a ningún hospital para que vean como se encuentra. A folio 6, Informa el Director Regional (S) de Gendarmería de Chile, de Valparaíso, señala que el amparado fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral de Valparaíso, causa Rit 306-2009, por homicidio calificado, a la pena privativa de libertad de 12 años y por infracción a la Ley N° 17.798, a la pena privativa de libertad de 4 años. Inicio condena el 15 de febrero de 2021; se trata de un interno con alto compromiso delictual y cuenta con 35 faltas graves al régimen disciplinario. Que en marzo de 2020 fue trasladado a la Unidad Penal de Valdivia y actualmente se encuentra recluido en la Serena; lo anterior, por cuanto habría ordenado agredir con arma blanca a otro interno. Agrega que su personal da cumplimiento de su respectiva ley orgánica, en cuanto a dirigir los establecimientos penales y vela por la seguridad al interior de ellos; que no se observa en esta acción de amparo algún tipo de infracción por parte de la institución que dirige. A folio 7, informa el recurso Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Coquimbo

Fundamentos

CONSIDERANDO Primero: Que la acción de amparo tiene por objeto que toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, pueda ocurrir por sí o por cualquiera a su nombre a la magistratura que la ley señale, a fin que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que la presente acción cautelar se dirige en contra de Gendarmería de Chile, en favor de Marcelo Eduardo Contreras Sánchez; por cuanto la referida institución no ha velado por su salud, no otorgándole el auxilio médico necesario, atendido el diagnóstico de colostomía; y tampoco se le ha dejado comunicarse con su abogado penitenciario. Tercero: Que los recurridos al evacuar los informes respectivos han acompañado los antecedentes y la documentación que acredita que Gendarmería de Chile ha velado por la salud del amparado dentro de la esfera de sus atribuciones. En efecto, la Unidad de la Serena, donde fue trasladado, desde su ingreso se solicitó una inter consulta al Servicio de Cirugía del Hospital de La Serena, quedando agendada para el 22/06/2021, sin embargo, el interno rechazó asistir a dicha evaluación. Se han realizado entrega y cambio de bolsa de colostomía en la Unidad de Salud con fechas 06/06/2021 y 10/06/2021, fecha en la cual se le hicieron entrega de 21 bolsas que corresponderían a 21 semanas. Que con fecha 29/06/2021 nuevamente se solicita interconsulta con el Hospital de La Serena para evaluación post quirúrgica y entrega de bolsas por dicho centro, hora que se concretó recién el 06/10/2021, siendo evaluado por el médico Víctor Cortés, cirujano, quien solicitó resumen de hospitalización y cirugía previa. Con fecha 09/11/2021 se solicitó nueva interconsulta con cirugía del Hospital de La Serena, adjuntando todos los antecedentes solicitados por cirujano, pero sin respuesta hasta la fecha por parte del Hospital de La Serena. También se agrega que fue citado a hora con nutricionista para el día 01/07/2021. Quinto: Que, así las cosas, apareciendo de estos antecedentes que se ha instado por el resguardo de la salud del amparado, entregándole todos los insumos para cautelar su bienestar, además de realizar los exámenes médicos pertinentes a la enfermedad que padece, no siendo ilegal la actuación del recurrido, ni atentatoria de la libertad o seguridad personal del amparado, la presente acción no podrá prosperar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo interpuesto por María Victoria Sánchez Ramírez, en favor de Marcelo Eduardo Contreras Sánchez, en contra de Gendarmería o quien resulte responsable. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-9-2022.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, ocho de enero de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece María Victoria Sánchez Ramírez, y recurre de amparo en favor de Marcelo Eduardo Contreras Sánchez en contra de Gendarmería o quien resulte responsable. Señala que como madre se ve en la necesidad de recurrir a esta instancia, para que su hijo lo lleven a control médico, ya que hace más de 6 meses se

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica