JOSE ANIBAL GUTIERREZ DUARTE CONTRA ALVARO BELLOLIO, DIRECTOR SERVICIO NASCIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
8 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos A folio 1, se recurre de amparo en favor del ciudadano venezolano don José Aníbal Gutiérrez Duarte, pasaporte Nº117252723, Cedula Identidad Chilena 27.207.421-6, en contra del Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, quien en virtud de la resolución Nº21411051 de fecha 09 de diciembre de 2021, decretó la expulsión del amparado del territorio nacional, solicita que se acoja y en definitiva se restablezca el imperio del derecho, dejando sin efecto la expulsión por afectar ilegal y arbitrariamente la libertad personal y seguridad individual del amparado. Funda el recurso señalando que el amparado solicitó regularizar su situación migratoria en virtud del Proceso de Regularización contemplado en el Artículo Octavo Transitorio de la Ley 21.325. Que mediante Resolución Exenta Nº21036651, se admite a trámite su solicitud de regularización y otorga permiso de trabajo. Que, por resolución exenta Nº 118192 de fecha 10 de junio del 2021, se le aplicó una multa de $97.863 por haber trabajado sin autorización, lo que se dejó sin efecto por Resolución Exenta Nº21036651, de fecha 20 de mayo de 2021. Que la resolución que decretó su expulsión, señala que el amparado no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 8º transitorio de la ley Nº21.235 y la Resolución Exenta Nº1769 de 2021, por cuanto no cumple con requisitos documentales, específicamente: Certificado de antecedentes de país de origen debidamente legalizado o apostillado (*) Sin Legalizar O Apostillado: No Presentó El documento requerido y le otorga un plazo de 15 días para hacer abandono del país. Refiere que el amparado, ingresó en forma regular al país el 02 de abril del año 2019 junto a su cónyuge , doña Anyidaina Sanabria Carrillo y sus hijos menores de edad Mariany José Gutiérrez Sanabria y Miguel Gutiérrez Sanabria. En el mes de enero 2020 obtiene visa sujeta a contrato y dentro de los plazos legales de renovación de visa realiza la extensión de ésta, pero por la pandemia el empl
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de José Aníbal Gutiérrez Duarte, solo en cuanto se deja sin efecto la Exenta N° 21411051 de fecha 9 de diciembre de 2021. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-3425-2021. En Valparaíso, ocho de enero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, ocho de enero de dos mil veintidós. Vistos A folio 1, se recurre de amparo en favor del ciudadano venezolano don José Aníbal Gutiérrez Duarte, pasaporte Nº117252723, Cedula Identidad Chilena 27.207.421-6, en contra del Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, quien en virtud de la resolución Nº21411051 de fecha 09 de diciembre de 2021, decretó la exp
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