MP C/ NICOLE BETSABET CARMONA QUEZADA
Rol
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: 1°.- Que, la defensa se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo la prisión preventiva de la imputada Nicole Betsabet Carmona Quezada, por estimar que ella es desproporcionada al caso en cuestión, porque el hecho que se le atribuye constituye una tentativa desistida no punible. 2°.- Que, de lo referido por las intervinientes en esta audiencia ha quedado establecido que la imputada se encuentra formalizada como autora del delito de robo en lugar habitado, en grado de desarrollo frustrado. En síntesis, la imputada escaló el cerco perimetral de la vivienda de la víctima, así como también el techo del garaje de dicho inmueble, para acceder al lugar donde se encontraba una bicicleta, especie que trasladó al antejardín, momento en que la víctima se percató de la situación y encendió todas las luces de la casa, misma conducta que adoptó un vecino encendiendo un foco que existe en el lugar, lo que obligó a Carmona a abandonar su acción, siendo detenida por Carabineros. De lo referido anteriormente se deduce que el desistimiento de la imputada Carmona obedeció a la acción desplegada por la víctima y no a su propia voluntad, lo que descarta la teoría de la defensa, en cuanto a que existiría “tentativa desistida”. 3°.- Que, así las cosas la prisión preventiva es la única medida cautelar proporcional y eficaz al caso de que se trata, atendida la naturaleza del delito, la gravedad de la pena, la circunstancia de haber cometido el ilícito mientras se encontraba sujeta a la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal; sin perjuicio que además registra investigaciones vigentes en el Ministerio Público por hechos similares. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en audiencia por el Juzgad
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de treinta de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva a la imputada Nicole Betsabet Carmona Quezada, toda vez que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 17-2022. Penal.
Texto Completo (Preview)
LVM/ari C.A. de Concepción. Concepción, siete de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDOS: 1°.- Que, la defensa se ha alzado en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Los Ángeles, que mantuvo la prisión preventiva de la imputada Nicole Betsabet Carmona Quezada, por estimar que ella es desproporcionada al caso en cuestión, porque el hecho que se le atribuye constituye una
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