M.P C/ BIANCO FRANCISCO ESCOBEDO GOMEZ Y ROBERTO MAURICIO DONOSO OVIEDO
Rol
Fecha
7 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia se desprende que, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvieron en consideración al momento de decretar la prisión preventiva de los imputados. Además, en cuanto a la letra c) de dicho artículo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza de los delitos materia de la formalización, bienes jurídicos protegidos y la pena asignada al menos a uno de ellos. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla en los autos RIT 3741-2021, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Bianco Francisco Escobedo Gómez y Roberto Mauricio Donoso Oviedo. Devuélvase, vía interconexión. N° 47-2022 Penal. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada la Ministra Sra. M. Catalina González Torres, fiscal judicial Sra. Tita Aránguiz Zúñiga y abogado integrante Sra. Regina Díaz Tolosa. No obstante de haber comparecido a la vista y fallo de la causa, no firma la sra. Tita Aránguiz por problemas informáticos
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta y uno de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla en los autos RIT 3741-2021, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados Bianco Francisco Escobedo Gómez y Roberto Mauricio Donoso Oviedo. Devuélvase, vía interconexión. N° 47-2022 Penal. Pronunciada por la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada la Ministra Sra. M. Catalina González Torres, fiscal judicial Sra. Tita Aránguiz Zúñiga y abogado integrante Sra. Regina Díaz Tolosa. No obstante de haber comparecido a la vista y fallo de la causa, no firma la sra. Tita Aránguiz por problemas informáticos
Texto Completo (Preview)
San Miguel, siete de enero de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Integrantes: Ministra Sra. M. catalina González Torres, fiscal judicial Sra. Tita Aránguiz Zúñiga y abogado integrante Sra. Regina Díaz Tolosa. Rol Corte: 47-2022-PENAL Ruc: 2101182064-3 Rit: 3741-2021 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla. Relator: Camila Galle Aravena Digitador: Janet Meléndez Triviño Fiscal: Pamela Bal
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