JUZGADO DE GARANTIA DE VILLA ALEMANA

MINISTERIO PUBLICO C/ GIOVANNI ANTONIO PIZARRO MUNOZ

Rol

Fecha

7 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

FALLADA/CONFIRMADA CON DECLARA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y oídos los intervinientes: Se reproduce la sentencia en alzada, previa eliminación del siguiente párrafo: “El Tribunal entiende, que siendo este el segundo evento, se coincide con la Acusación del Fiscal, que la suspensión de la licencia no puede ser inferior a 5 años, porque ya tuvo un manejo en estado de ebriedad, fue condenado por el mismo. Este manejo tiene además con amenazas y lesiones leves.” Y se tiene en su lugar y además presente: Primero: Que el artículo 196 de la Ley 18.290, establece que, tratándose de un segundo evento, deberá suspenderse la licencia de conducir por un lapso de cinco años. Segundo: Que la norma en comento no ha modificado las disposiciones generales sobre prescripción de la pena y, en consecuencia, conforme a una interpretación armónica de las normas que regulan dicha institución debe entenderse que la exasperación de la pena accesoria, solo tendrá lugar cuando entre el anterior ilícito y el que se juzga no ha transcurrido el plazo que la ley exige para que opere la prescripción de la sanción, no pudiendo entonces considerarse para los efectos que el referido artículo 196 establece. Tercero: Que en el presente caso desde el cumplimiento de la sanción impuesta en la causa RIT N°1007-2020, esto es, el 10 de octubre del 2012, transcurrió con exceso el plazo establecido en el artículo 97 del Código Penal en relación al delito juzgado en estos autos y, consecuencialmente, resulta improcedente aplicar la pena de cinco años de suspensión de licencia de conducir. Por estas consideraciones, se confirma, en lo apelado, la sentencia de dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, con declaración que se le impone al sentenciado Giovanni Antonio Pizarro Muñoz la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años. Regístrese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2000467662-K, RIT 1007-2020. N°Penal-2587-2021.

Fallo

Por estas consideraciones, se confirma, en lo apelado, la sentencia de dieciséis de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Garantía de Villa Alemana, con declaración que se le impone al sentenciado Giovanni Antonio Pizarro Muñoz la pena accesoria de suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años. Regístrese, devuélvase y comuníquese por la vía más expedita. RUC 2000467662-K, RIT 1007-2020. N°Penal-2587-2021.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso bl -20205-Karmas sujetas a control.donado Calder por el jf ado en derecho corressACTA DE AUDIENCIA Audiencia realizada en Valparaíso, a siete de enero de dos mil veintidós, a las 10:04 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de Valparaíso presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo, e integrada por el Ministro Suplente Sr. Leonardo Aravena Reyes y p

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