SIN INFORMACION

FIGUEROA CUETO, HENRY/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Rodolfo Bórquez Galleguillos, a favor de don HENRY PETER FIGUEROA CUETO, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, mediante resolución N° 639-2021, de fecha 15 de octubre de 2021, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado cumple con los requisitos temporales para optar al beneficio denegado y ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos seis bimestres, dando cuenta que el interno cumple condena privativa de libertad de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de robo con intimidación; iniciando condena el 18 de agosto de 2018 y proyectando el término de la misma para el 18 de agosto de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo de condena el 19 de diciembre de 2021. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio fundado en que el interno no cumple con el tiempo mínimo de condena a la época de sesión de la comisión o dentro de los dos meses siguientes, y en que el informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el cual da cuenta que presenta un riesgo de reincidencia alto, no tiene conciencia de la gravedad del delito, del daño causado, ni rechazo explícito a la comisión de delitos. Señala que los antecedentes entregados por Gendarmería de Chile-CP La Serena, específicamente el informe de postulación al proceso de Libertad Condicional, contiene de manera correcta el tiempo mínimo exigido para la postulación, siendo este el día 19 de diciembre de 2021, cumpliendo igualmente con el requisito del tiempo, de acuerdo a lo señalado en el inciso 2º del artículo 15 del Decreto Supremo 338. Hace presente diversos aspectos en relación al proceso de reinserción social del amparado los cuales constan en el informe social elaborado por la asistente social Ornella Spielman Guerrero. En relación a la comisión del delito,

Fundamentos

motivos en que se funda su decisión, y encontrar aquella el debido respaldo en los antecedentes tenidos a la vista. OCTAVO: Que, en cuanto a los antecedentes hechos valer por la defensa, aquellos no son suficientes para desvirtuar las conclusiones expuestas en el informe de Gendarmería de Chile en cuanto a la existencia de riesgo de reincidencia y la circunstancia de no presentar el amparado conciencia del delito y del mal causado, así como no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. NOVENO: Que, en este contexto, no habiéndose acreditado alguna actuación ilegal o arbitraria de parte la Comisión de Libertad Condicional, y no logrando desvirtuarse los antecedentes en que se fundó la decisión por la cual se denegó la concesión de la libertad condicional, el recurso de amparo se rechazado como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de HENRY PETER FIGUEROA CUETO, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 1-2022 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Figueroa Cueto, Henry Peter Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol 1-2022. La Serena, seis de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado don Rodolfo Bórquez Galleguillos, a favor de don HENRY PETER FIGUEROA CUETO, interponiendo acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, mediante resolución

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