SUBSECRETARIA DEL INTERIOR, DE C/ NICOLAS ANDRES PINA PALOMERA
Rol
Fecha
6 de enero de 2022
Materia
HOMICIDIO SIMPLE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: 1°.- Que en primer término debe tenerse presente que el principio de inocencia, que se ha invocado en la audiencia, se conmociona por la voluntaria actuación personal del individuo al incurrir en un hecho que reviste caracteres antijurídicos, de tal modo que la aplicación del régimen procesal penal a su respecto no puede considerarse a priori una actividad abusiva o infractora por parte del Estado. 2°.- Que en el caso de autos concurren las exigencias de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal lo que no ha sido discutidos por los intervinientes. 3°.- Que la necesidad de cautela mediante la medida cautelar de prisión preventiva, emana y tiene su fundamento en la forma y circunstancias de comisión de los delitos de naturaleza común, por los que se encuentra actualmente acusado el imputado. Así como la pluralidad y gravedad de los mismos, situación que no se altera por el mero transcurso del tiempo ni el avance del procedimiento ambos, circunstancia que no concurren en el caso de autos, pues el tiempo no ha excesivo y ya se encuentra acusado el imputado. 4°.- Que por los
Fundamentos
fundamentos expresados, esta Corte estima necesario mantener la medida cautelar de prisión preventiva del imputado, por considerarlo un peligro concreto para la seguridad de la sociedad.
Fallo
Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de enero en curso, dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, y en consecuencia se declara que se mantiene la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Nicolás Andrés Piña Palomera. Comuníquese por la vía más expedita. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. Sala: Novena Rol Corte: Penal-56-2022 Ruc: 2100145261-1 Rit : O-762-2021 Juzgado: 3º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Dobra Lusic Nadal, el Ministro (S) señora Maria Ines Lausen Montt y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett Relatora: Consuelo Escobar. Digitadora: Belén Díaz
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