SIN INFORMACION

FEIX RONALD/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA

Rol

Fecha

6 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado Alejandro Traujtmann Spiltmann, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de ROLAND FEIX, ciudadano alemán, en contra de la SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por la dictación de la Resolución Exenta N° 69.433, dictada el 29 de diciembre de 2008, por medio de la cual se revocó el permiso de permanencia definitiva y se ordenó el abandono del país. Menciona como antecedentes su recurso, que mediante Resolución Exenta N° 904, de 29 de diciembre de 1986, el señor Feix obtuvo su permanencia definitiva, por lo que se encuentra actualmente radicado en Chile. Agrega que en julio de 1987 nació su hija en nuestro país y que en febrero de 1992, contrajo matrimonio con una ciudadana chilena. Indica que el día 08 de julio del año 2009, el amparado fue declarado reo por el delito de contrabando, por el 10° Juzgado del Crimen de Santiago, y que la resolución impugnada, se fundamentó en dos órdenes de aprehensión por los delitos de contrabando y de giro doloso de cheques, de los años 1987 y 2002, respectivamente. Añade que el 06 de mayo de 2011, se dictó el Decreto N°313, por medio de la cual se ordenó la expulsión del señor Feix. Señala que el 25 de julio de 2019, el 34° Juzgado del Crimen de Santiago resolvió declarar extinguida la responsabilidad penal por prescripción de la pena en favor del amparado. Asimismo, refiere que el 02 de octubre de 2019, se le hizo entrega del “Acta Notificación de Medida de Expulsión” y posteriormente fue expulsado en un vuelo a Alemania el día 03 de febrero de 2020. Manifiesta que encontrándose en Alemania, se dirigió al Consulado de Chile con el objeto que se le otorgara un documento para ingresar a Chile, pero se denegó su petición. De todas formas, asevera que el día 06 de diciembre del año 2021 retornó al país, pero fue detenido, y posteriormente enviado en un avión a Argentina el día 08 de diciembre de 2021. Plantea que el amparado ha cumplido con su deuda s

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Roland Feix. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-5790-2021. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, la Ministra (S) señora Maria Ines Lausen Montt y el Abogado Integrante señor Roberto Von Bennewitz Álvarez.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. A los folios 29 y 30: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece el abogado Alejandro Traujtmann Spiltmann, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de ROLAND FEIX, ciudadano alemán, en contra de la SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por la dictación de la Resolución Exenta N°

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