DÍAZ/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN
Rol
Fecha
6 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 3 de septiembre de 2021, comparecen las abogadas Ana Eugenia Fullerton Castro y Makarena García Dinamarca, en representación de Nelly Elizabeth Díaz Delgado, quienes interponen recurso de protección en favor de su representada en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, representado por don Sergio Mierzejewski Lafferte, Director Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, por el acto que estiman ilegal y arbitrario consistente en la dictación del acto administrativo Resolución N° 7 de fecha 03 de mayo de 2021 notificada con fecha 9 de agosto del año 2021, que aprueba la tramitación de sumario administrativo y aplica las medidas disciplinaria de destitución, por estimar que vulnera las garantías constitucionales contempladas en los números 2, 3 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Menciona como antecedentes de su recurso, que Nelly Elizabeth Díaz Delgado se desempeñó como funcionaria a contrata grado 12° asimilada al escalafón administrativo, cumpliendo funciones como técnico en la oficina de internet y operadora de sistema SIAC del departamento Servicios y Atención ciudadana de la Subdirección de Operaciones del Servicio de Registro Civil e Identificación. Ingresó al servicio en el 1 de diciembre de 1986, a la época de notificación de la resolución que dispone su destitución la funcionaria tenía una antigüedad de 34 años 8 meses 8 días y 64 años 7 meses de edad. Que durante el ejercicio de sus funciones asumió la representación de los funcionarios del Registro Civil como dirigenta gremial de la Asociación Nacional de Funcionarios Registro Civil ANERCICH desde el año 2007 y como su Presidenta desde el año 2011, liderando acciones en beneficio de los trabajadores del Registro Civil. Mediante Resolución Exenta N° 1118 de fecha 16 de mayo de 2017, de la Dirección Nacional del Servicio de Registro Civil e Identificación, se ordena instruir sumario administrati
Fundamentos
motivos de …sindicación”, ambas disposiciones introducidas por la Ley N° 19.882. Concluye que el acto impugnado carece de todo fundamento que permita entender y que entregue soporte a la decisión contenida en él,
Fallo
por tanto, es ilegal, pues en su emisión no se cumplieron las exigencias previstas en los artículos 11 y 41 de la Ley N° 19.880, desde que no se dejó constancia de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya, pese a que por su intermedio se afectan los derechos del recurrente. Analiza la razonabilidad de la medida adoptada y si se ha cumplido con el principio de proporcionalidad, en este sentido alega, en primer término, que la conducta impropia atribuida a la recurrente es una y no dos como se sanciona, por lo que la sanción impuesta es desproporcionada y desprovista de la racionalidad que debe orientar a los actos sancionadores de la Administración. Sostiene además que del solo análisis del expediente resulta evidente la ausencia de correspondencia entre las conductas descritas como faltas administrativas y las normas señaladas como vulneradas. Concluye que se ha aplicado una sanción desproporcionada que no se ajusta a los antecedentes de atenuantes y eximentes que obran en estos autos, y no sólo la atenuante alegada, probada y constatada no está siendo considerada al momento de decidirse a aplicar la sanción, contraviniendo normas de derecho estricto, convirtiendo el actuar tanto de la Fiscal y la autoridad en un proceder arbitrario e infundado, sino que además se infringe el trato igualitario ante la ley lo que constituye además una vulneración de garantía constitucional. Finalmente alega como garantías constitucionales conculcadas las consagradas en los numera
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C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, con fecha 3 de septiembre de 2021, comparecen las abogadas Ana Eugenia Fullerton Castro y Makarena García Dinamarca, en representación de Nelly Elizabeth Díaz Delgado, quienes interponen recurso de protección en favor de su representada en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación
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