SIN INFORMACION

PILQUINAO MEDEL ESTEBAN/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de enero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Lorenzo Morales Cortes, abogado, quien deduce acción de amparo, a favor de Esteban Simón Pilquinao Medel, condenado privado de libertad y en contra de La Honorable Comisión de Libertad Condicional que sesionó en el mes de octubre, toda vez que ha cometido un acto arbitrario al negar a su representado el beneficio señalado. Sostiene que cumple con todos los requisitos que establece el Art. 2º del Decreto Ley Nº 321, pues ha cumplido con más de la mitad del tiempo de su condena y con parte importante de ella sin castigos de Gendarmería de Chile, en razón del cumplimiento de los requisitos objetivos como son el tiempo cumplido y la conducta mantenida al interior del recinto penal en el cual actualmente cumple su condena, esto es en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur (ex penitencieria), lo que no se condice con la situación objetiva del condenado. Indica que Gendarmería de Chile le ha notificado el rechazo de la Libertad Condicional en la postulación de la Comisión de Libertad Condicional, el que se debería al no cumplimiento de los requisitos, citando los requisitos del Decreto Ley Nº 321 y su modificación, y que dice relación con la modificación introducida por la Ley 20.931 en relación a que delitos contemplados en los artículos 436 y 440 del Código Penal, se modifican exigencia en relación al tiempo cumplido de la pena impuesta, actualmente haber cumplido los dos tercios de la pena impuesta a diferencia de antes de esta modificación. Hace presente que el amparado cuenta con arraigo social y familiar, mantiene una conducta sobresaliente y sin castigos dentro del recinto Penitenciario y mantienen una promesa de trabajo en caso de obtener su Libertad Condicional. En virtud de lo expuesto, pide que se acoja la acción de amparo y se deje sin efecto la resolución que le denegó el beneficio, reconociendo su derecho y permitiendo su acceso inmediato al goce de la libertad condicional y en subsidio, di

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor del condenado Esteban Simón Pilquinao Medel en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-5161-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Lorenzo Morales Cortes, abogado, quien deduce acción de amparo, a favor de Esteban Simón Pilquinao Medel, condenado privado de libertad y en contra de La Honorable Comisión de Libertad Condicional que sesionó en el mes de octubre, toda vez que ha cometido un acto arbitrario al neg

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