CARREÑO VALENZUELA PAULA/ I. MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO ( ILEGALIDAD )
Rol
Fecha
6 de enero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Paula Carreño Valenzuela, comerciante, con domicilio en Sazié N°2231-2235, comuna de Santiago e interpone reclamo de ilegalidad en contra del Decreto Secc. 2°da. N°8052 de 12 de agosto de 2019 de la Ilustre Municipalidad de Santiago, que dispuso no renovar la Patente de Expendio de Cervezas N°502.355-6. Señala que este decreto constituye objetivamente un acto administrativo ilegal y arbitrario que impide usar, gozar y disponer de la patente otorgada definitiva; y el ejercicio de la actividad comercial que ella otorga. Expone que es dueña de las patentes vigentes N°s 856.849-9, 507.923-3 y 507.924-1, sin embargo, atendida las constantes fiscalizaciones a sus establecimientos comerciales donde junto con los alimentos preparados expendía alcohol, en especial cerveza, es que debió comprar la Patente de Expendio de Cervezas N°502.355-6, que inscribió a su nombre, solicitando su traslado en abril de 2016, a la dirección de Sazié N°2231, donde funcionan sus establecimientos comerciales. El proceso aludido, se extendió por más de un año, resolviéndose en agosto de 2017 por el Consejo Municipal y el Alcalde, no autorizar el traslado. Agrega que al pagar el primer semestre del año 2019, le comunicaron que por el hecho de no haber autorizado el traslado de la patente, le bloquearían el pago y no la renovarían, sin mencionar bajo que atribuciones y normativa legal adoptaron tal decisión. Indica que el 5 de septiembre de 2019 se le notificó el Decreto Secc. 2da. N°8052 de 12 de agosto de 2019, contra el cual presentó un reclamo de ilegalidad municipal, que fue rechazado mediante Decreto Secc. 2da. N°11.143 de 22 de noviembre de 2019. Alega que ambos Decretos carecen de
Fundamentos
fundamentos legales, afectando su derecho de propiedad sobre la patente de alcoholes de expendio de cervezas, otorgada y autorizada definitivamente; por lo que invoca las disposiciones de la Ley 19.925 de Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas, que regulan la autorización, renovación y traslado de patentes de alcoholes; los órganos competentes, el tiempo y modo en que se pagan y, para el caso, cuando ellas requerirían ser renovadas y la calidad de bien que se les atribuye. Señala que el acto es ilegal y arbitrario, ya que se le ha expropiado su patente de alcoholes, invocando como garantías constitucionales conculcadas las consagradas en los numerales 3, 21, 23 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. En razón de lo expuesto solicita se acoja el reclamo, declarando ilegal y arbitrario el Decreto Secc. 2da N°8052 de 12 de agosto de 2019. Segundo: Requerido el informe correspondiente, éste fue evacuado por el abogado jefe de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Ilustre Municipalidad de Santiago, señalando que, de acuerdo a lo informado por la Subdirección de Rentas y Finanzas y el Registro de Patentes de este municipio, se constató que la reclamante era titular de la patente ROL N°: 502355-6 cuyo giro era expendio de cerveza, que amparaba el local comercial ubicado en Avda. Salvador Sanfuentes N° 2248. El establecimiento de comercio antes mencionado fue fiscalizado en varias oportunidades desde el año 2015, y en todas ellas se pudo constatar que la recurrente doña Paula Carreño Valenzuela no se encontraba ejerciendo la actividad amparada por la patente de expendio de cerveza, y consultada la situación tributaria en el Servicio de Impuestos Internos, se consignó en las observaciones como situación de comportamiento irregular del contribuyente, en atención a que la recurrente doña Paula Carreño Valenzuela no había sido habida en el domicilio declarado. Agrega que el Alcalde, con la respectiva aprobación del Concejo Municipal, en uso de sus facultades y en cumplimiento de la normativa que regula la materia, ordenó la no renovación de la patente de alcoholes ROL N°: 502355-6 giro Expendio de Cerveza, atendido que la recurrente dejó de ejercer la actividad de expendio de bebidas alcohólicas por más de un año en el local comercial que ella amparaba, esto es, el local ubicado en Avda. Salvador Sanfuentes N° 2248. Finaliza señalando que, de acuerdo a lo expresado la I. Municipalidad de Santiago al dictar el Decreto Secc 2da N° 8052 de 12 de agosto de 2019, no ha transgredido norma alguna, sino por el contrario, han dado estricto cumplimiento al mandato consagrado en la Ley 19.925 y haciendo uso de las atribuciones y facultades contempladas en la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades. Tercero: Que, asimismo, evacuó informe la Fiscal Judicial María Loreto Gutiérrez Alvear, en el que después de reproducir las afirmaciones de las partes, concluyó que la Ilustre Municipalidad no ha incurrido en ilegalidad, toda vez que ha aplica
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Paula Carreño Valenzuela, comerciante, con domicilio en Sazié N°2231-2235, comuna de Santiago e interpone reclamo de ilegalidad en contra del Decreto Secc. 2°da. N°8052 de 12 de agosto de 2019 de la Ilustre Municipalidad de Santiago, que dispuso no renovar la Patente de Expendio
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