MINISTERIO PUBLICO C/ HUMBERTO JAVIER PALZA FIGUEROA
Rol
Fecha
5 de enero de 2022
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que concurren los supuestos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal, y en relación al que contempla la letra c) se estima que la libertad del imputado, resulta peligrosa para la seguridad de los ofendidos, toda vez que existen antecedentes calificados, que se infieren de la pluralidad y proximidad temporal de los atentados realizados en contra de los afectados, las que permiten presumir que pudiere realizar otros nuevos en contra de ella y su grupo familiar, debiendo tenerse presente lo que consagra el artículo 4 de la Convención Belém Do Pará y que exige la actuación diligente del Estado consagrada en el artículo 7 de la misma Convención, como asimismo la Convención de los Derechos del Niño, SE CONFIRMA la resolución de veintiocho de diciembre del dos mil veintiuno, que decretó la prisión preventiva de Humberto Javier Palza Figueroa, dictada en la causa RIT O-9246-2021, RUC N° 2101169374-9, del Juzgado de Garantía de esta ciudad. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 5-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
Arica, cinco de enero de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que concurren los supuestos que establece el artículo 140 del Código Procesal Penal, y en relación al que contempla la letra c) se estima que la libertad del imputado, resulta peligrosa para la seguridad de los ofendidos, toda vez qu
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