1º JUZGADO DE LETRAS DE BUIN

LEIVA Y OTROS/LEIVA

Rol

Fecha

5 de enero de 2022

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: El mérito de los antecedentes, la fecha de notificación de la resolución que recibe la causa a prueba, esto es, el 8 de enero del año 2021, la data de interposición de la apelación subsidiaria interpuesta por la parte demandada -13 de noviembre del año 2022- y atendido que el artículo 6 de la Ley 21.226 suspendía los términos probatorios, pero no el procedimiento, como indica el recurrente en su recurso, ni tampoco el plazo para la interposición del recurso de reposición con apelación subsidiaria, el que, al tenor del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, debíó interponerse en el plazo fatal contado desde la notificación de la mencionada resolución, precisamente para los efectos de que conforme al artículo 320 del referido código, el periodo probatorio empezara a correr. Y visto además, lo dispuesto en los preceptos antes mencionados y los artículos 201 y 213 del Código antes referido, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido el trece de noviembre del año en curso en contra de la resolución del cuatro de diciembre de dos mil veinte, por extemporáneo. Atendido lo antes resuelto, el tribunal a quo estudiará los antecedentes a fin de evaluar una possible actuación en el ejercicio de las facultades de oficio con las que cuenta en conformidad al artículo 84 del Código de Procedimiento Civil. Al folio 398: Estese a lo resuelto. Devuélvase, en su oportunidad. Rol N° 7-2022-CIV.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido el trece de noviembre del año en curso en contra de la resolución del cuatro de diciembre de dos mil veinte, por extemporáneo. Atendido lo antes resuelto, el tribunal a quo estudiará los antecedentes a fin de evaluar una possible actuación en el ejercicio de las facultades de oficio con las que cuenta en conformidad al artículo 84 del Código de Procedimiento Civil. Al folio 398: Estese a lo resuelto. Devuélvase, en su oportunidad. Rol N° 7-2022-CIV.

Texto Completo (Preview)

CH(PAB) San Miguel, cinco de enero de dos mil veintidós. Vistos: El mérito de los antecedentes, la fecha de notificación de la resolución que recibe la causa a prueba, esto es, el 8 de enero del año 2021, la data de interposición de la apelación subsidiaria interpuesta por la parte demandada -13 de noviembre del año 2022- y atendido que el artículo 6 de la Ley 21.226 suspendía los términos probato

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