MP.C/ CONSTANZA JAZMÍN MÉNDEZ ESCOBAR Y JAVIER MAURICIO OUTEAUX OUTEAUX.
Rol
Fecha
5 de enero de 2022
Materia
PORTE ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 11 LEY Nº17.798.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: 1°) Que aparece respecto de los imputados que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal en cuanto a los ilícitos por los cuales fue formalizada la investigación, sin perjuicio de las posibles discusiones respecto de la específica tipificación que corresponda darle a uno de los hechos de la formalización. 2°) Que no obstante lo anterior en la especie es posible identificar necesidades cautelares diversas respecto de cada uno de los coimputados. 3°) Que, en efecto, respecto de la imputada Constanza Jazmín Méndez Escobar aparece que ella cuenta con irreprochable conducta anterior, apareciendo que la necesidad de cautela a que se refiere la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal a su respecto se ve suficientemente satisfecha con otras medidas del artículo 155 del mismo cuerpo legal, como se dirá en lo resolutivo de esta resolución. 4°) Que, en relación al imputado Javier Mauricio Outeaux Outeaux, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia; se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando para ello, especialmente, el número de delitos, el encontrarse sujeto a libertad condicional y su eventual modalidad de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y atendido lo dispuesto en los artículos 140 a 155 y 352 del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: I.- Que se confirma con declaración la resolución dictada en la audiencia de tres de enero del año en curso, por el 15° Juzgado de Garantía de Santiago apelada respecto de la imputada Constanza Jazmín Méndez Escobar quien quedará sujeta a las medidas cautelares del artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 a las 06:00 horas del día siguiente y la prohibición de salir del país II.- Que se revoca la resolución apelada en cuanto al imputado Javier Mauricio Outeaux Outeaux decretándose a su respecto la medida cautelar de prisión preventiva. El tribunal a quo deberá disponer lo pertinente hacer cumplir lo decidido. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 14-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: cinco de enero de dos mil veintidós. Segunda Sala Rol Corte:14-2022 RUC: 2200001117-0 RIT: 22-2022 15° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO. Ministro de fe: Mauricio Vergara Toro. Digitador: Karolyn Aranda González. Ministerio Público: Magdalena Balart Salvat. D.P.P.: Esteban Olivares Escobar por el imputado Javier Mauricio Outeaux Outeaux. D. Privado: Rodrigo López Pinto por la imputada Cons
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